ORDEN AYG/73/2005, de 31 de enero, por la que se regulan y convocan ayudas destinadas a la mejora de las estructuras productivas y de comercialización de las agrupaciones de productores de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera. (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN AY G / 7 3 / 2 0 0 5 , de 31 de enero , por la que se regulan y convo c a n ayudas destinadas a la mejora de las estru c t u ras pro d u c t ivas y de c o m e rcialización de las agrupaciones de pro d u c t o res de pat atas de c o n s u m o , no destinadas a la industria fe c u l e ra .

El mercado de la pat ata de consumo, no destinada a la industria fe c u l era , p resenta cíclicamente fuertes oscilaciones de precios que ge n e ran una gran inestabilidad en las economías del Sector A gra rio ya que en ocasiones no llegan a cubrir los costes de pro d u c c i ó n .

Pa ra el sector agra rio de Castilla y León el asociacionismo y el cooperat ivismo agra rios son instrumentos fundamentales para la defensa de sus i n t e reses contri bu ye n d o , en gran medida, a paliar los pro blemas de at o m ización estru c t u ral de la ofe rta de pro d u c t o s .

Ante la ausencia de medidas comu n i t a rias de ap oyo al sector, a propuesta del Ministerio de A gri c u l t u ra , Pesca y Alimentación se ap robó el Real Decreto 617/1998 de 17 de ab ril y la Consejería de A gri c u l t u ra y Ganadería ha venido publicando en años anteri o res Ordenes por las que se concedían ayudas a las organizaciones de pro d u c t o res de pat ata de consumo, n o dedicada a la industria fe c u l e ra .

El Reglamento (CE) 952/97 que re c ogía ayudas a la constitución de las agrupaciones de pro d u c t o res y, en part i c u l a r, al fomento de agrupaciones de p ro d u c t o res de pat at a , ha quedado, a su ve z , d e rogado a partir del 1 de enero de 2000 por el Reglamento (CE) 1257/1999, del Consejo, de 19 de mayo , l o que aconseja instrumentar un sistema de ayudas nacionales de ap oyo a la constitución y funcionamiento de dichas agru p a c i o n e s .

Por otra parte el Real Decreto 970/2002, de 24 de sep t i e m b re, regula el reconocimiento de las agrupaciones de pro d u c t o res de pat ata de consumo, no destinada a industria fe c u l e ra , y establece dive rsas medidas de ap oyo a las mismas.

A s i m i s m o , es necesario potenciar el actual instrumento fi n a n c i e ro constituido por el fondo operat ivo establecido con ap o rtaciones de los socios yayudas nacionales para que, a través de estas agrupaciones de pro d u c t o re s , se mejore la producción y comercialización en ori gen con el fin de prep a ra r el sector para un futuro que cada vez se presenta más competitivo .

Por todo ello,oídas las Organizaciones Pro fesionales A gra rias y la Unión Regional de Cooperat ivas A gra rias de Castilla y León y en virtud de las facultadas confe ri d a s ,

D I S P O N G O :

A rtículo 1. Objeto.

Es objeto de la presente Orden regular y convocar ayudas destinadas a m e j o rar las estru c t u ras pro d u c t ivas y comerciales de las agrupaciones de p ro d u c t o res de pat ata de consumo no destinada a industria fe c u l e ra .

A rtículo 2. Estru c t u ra pre s u p u e s t a ria.

Las ayudas previstas en esta Orden se concederán con cargo a la estru ct u ra pre s u p u e s t a ria 0302 G713A0177033 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2005, por un importe de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL EUROS (1.200.000 ) .

Esta cantidad podrá modifi c a rse como consecuencia de las posibl e s ge n e raciones o incorp o raciones de crédito resultantes de tra n s fe rencias del M i n i s t e rio de A gri c u l t u ra , Pesca y A l i m e n t a c i ó n .

A rtículo 3. Fi n a l i d a d.

M e j o rar el funcionamiento de agrupaciones de pro d u c t o re s , así como la m e j o ra de la producción y la comercialización de la pat ata de consumo que no sea destinada a la industria fe c u l e ra .

A rtículo 4. Actuaciones subve n c i o n abl e s .

Podrán ser objeto de la subvención las acciones diri gidas a:

  1. M e j o rar la producción y la comerc i a l i z a c i ó n , y en particular la norm a l i z a c i ó n , de pat ata no destinada a la industria fe c u l e ra , s i e m p re que no supongan perturbaciones de la competencia y, en part i c u l a r, q u e no consistan en complementos directos de los precios percibidos por los pro d u c t o re s , nipublicidad de marcas específi c a s .

  2. C o n c e n t rar y adaptar la ofe rta...

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