Decreto 21/2004, de 29 de enero, por el que se establecen determinados procedimientos que han de ser tramitados y resueltos por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 21/2004, de 29 de enero, por el que se establecen determi nados procedimientos que han de ser tramitados y resueltos por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Por Ley 10/2003, de 8 de abril, se crea el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, configurándose como organismo autónomo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en material laboral, condicionando la efectiva puesta en funcionamiento del mismo a la entrada en vigor de su Reglamento.

En desarrollo de esa Ley se aprueba, a través del Decreto 110/2003, de 25 de septiembre, el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Organismo Au t ó n o m o , S e rvicio Público de Empleo de Castilla y León, el cual ha entrado en vigor el 1 de enero de 2004.

La puesta en funcionamiento del Servicio Público de Empleo de Castilla y León hace necesario determinar la competencia para tramitar y resolver aquellos procedimientos, que iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2004 o que se inicien con posterioridad como consecuencia de actos o resoluciones anteriores a dicha fecha, actualmente se encuentran incluidos en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 29 de enero de 2004

DISPONE:

Artículo 1
  1. La tramitación y resolución de los pro c e d i m i e n t o s , que a fe cha 1 de enero de 2004 se encontra ran iniciados y no resueltos y que tuvieran por objeto mat e rias que las disposiciones vigentes at ri bu yen al Servicio Públ ico de Empleo de Castilla y León, c o rresponderá a los órganos de éste.

  2. La tramitación y resolución de los procedimientos de revisión, de responsabilidad patrimonial y cualquier otro, que se inicien como consecuencia de actos o resoluciones dictados con anterioridad al 1 de enero de 2004, sobre materias que las disposiciones vigentes atribuyen al Servicio P ú blico de Empleo de Castilla y León, c o rresponderá a los órganos de éste.

Artículo 2 La tramitación y resolución de los...

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