ORDEN SAN/862/2010, de 14 de junio, por la que se convoca el procedimiento de integración, mediante opción voluntaria, del personal estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en el nuevo sistema de clasificación funcional.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejo Consultivo de Castilla y Leon
Rango de LeyOrden

Con fecha 10 de diciembre de 2009 se publicó el Decreto 85/2009, de 3 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para la creación, modificación o supresión de categorías profesionales y se desarrolla la integración en el sistema de clasificación funcional establecido en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del estatuto jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

Los artículos 5, 6 y 7 del citado Decreto establecen los requisitos, procedimiento y efectos de la integración mediante opción voluntaria.

Con fecha 8 de febrero de 2010 se publicó, en el «B.O.C. y L.» n.º 25, la Orden SAN/75/2010, de 26 de enero, por la que se convoca el procedimiento de integración, mediante opción voluntaria, del personal estatutario fijo de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en las categorías del Anexo II del Decreto 85/2009, de 3 de diciembre.

El artículo 5 del Decreto 85/2009, de 3 de diciembre, establece que mediante Orden del Consejero competente en materia de Sanidad se ofertará, por una única vez, al personal estatutario fijo perteneciente a las categorías del antiguo sistema de clasificación relacionadas en el Anexo II de dicho Decreto, la posibilidad de optar por permanecer en su categoría originaria en la condición de «a extinguir», o integrarse en una de las nuevas categorías y, en su caso, especialidades.

Teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de integración convocado por Orden SAN/75/2010 finalizó el día 1 de marzo de 2010, y que el plazo de toma de posesión de determinadas categorías correspondientes a procesos selectivos concluyó en fechas posteriores, no fue posible ofertar a este personal fijo la opción de integrarse en las nuevas categorías.

En virtud de lo expuesto anteriormente y con el objeto hacer efectiva la oferta, por una única vez, de integración en las nuevas categorías conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 85/2009, de 3 de diciembre, la Consejería de Sanidad, en uso de

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto de la presente orden es convocar el procedimiento de integración, mediante opción voluntaria, del personal estatutario fijo en las categorías de lavandera, planchadora, limpiadora, pinche y cocinero que preste sus servicios en centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, en...

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