ORDEN FOM/1580/2010, de 18 de noviembre, por la que se inicia el procedimiento de aprobación del Plan Regional de Actuación de Urbanización «Las Lastras-Estación» en Segovia.

SecciónVI - Anuncios
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 20 que los Planes Regionales de ámbito territorial tienen por objeto planificar la ejecución de actuaciones industriales, residenciales, terciarias, dotacionales o de implantación de infraestructuras, que se consideren de interés para la Comunidad.

El Plan Regional de Actuación de Urbanización «Las Lastras-Estación», que surge de la iniciativa pública de la Consejería de Fomento, tiene por objeto la ordenación urbanística de 36,8 hectáreas de suelo, en dos ámbitos situados en el límite suroeste de la ciudad de Segovia.

La actuación se justifica para dotar a Segovia de una reserva de suelo urbanizado de calidad, con destino preferente a la construcción de viviendas con protección pública. Con esta actuación se pretende, asimismo, la puesta en valor de una zona de la ciudad que es un borde visible desde el recinto amurallado, la interconexión de dos barrios separados, la mejora de los accesos desde la carretera de San Rafael, la creación de un gran parque urbano-forestal en Las Lastras rematando el borde de la ciudad y la remodelación el área de la Estación creando un nuevo frente urbano.

El Plan forma parte del Programa Regional de Actuaciones de Urbanización que, conforme al mandato contenido en el punto 2 de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, introducido por la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, ha elaborado la Consejería de Fomento con el objetivo de crear suelo para la construcción de viviendas con protección pública, adecuadamente equipado con las dotaciones urbanísticas necesarias para la calidad de vida de la población.

El artículo 24 de la Ley 10/1998 regula el procedimiento de elaboración y aprobación de los Planes Regionales estableciendo que corresponde a la Consejería competente por razón de la materia iniciar dicho procedimiento. Por su doble contenido urbanístico y de política de suelo la Consejería competente resulta ser la de Fomento que tiene atribuidas ambas competencias en virtud del Decreto 73/2007, de 12 de julio, por el que se establece su estructura orgánica.

Dicho artículo 24 establece que la Consejería dispondrá la apertura de un periodo de información pública y audiencia a las Administraciones Públicas, de cuarenta y cinco días

de duración, que se anunciará en el «Boletín Oficial de Castilla y...

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