Decreto 169/1995, de 3 de agosto, sobre Gestión de los Créditos Presupuestarios para el Ejercicio de 1995, afectados por la reestructuración de las Consejerías realizada por el Decreto 114/1995, de 10 de julio.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Decreto 169/1995, de 3 de agosto, sobre Gestión de los Créditos Presupuestarios para el Ejercicio de 1995, afectados por la reestructuración de las Consejerías realizada por el Decreto 114/1995, de 10 de julio.

El Decreto 114/1995, de 10 de julio, de reestructuración de Consejerías, al crear la de Industria, Comercio y Turismo y atribuir a la Consejería de Fomento funciones que antes correspondían a la de Medio Ambiente, afecta necesariamente a diversas secciones presupuestarias, lo que hace necesario establecer las normas que faciliten la gestión presupuestaria hasta el final del presente ejercicio.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 3 de agosto de 1995,

Dispongo:

Artículo 1 º La gestión de los créditos comprendidos en los programas de gasto que se detallan en el Anexo al presente Decreto corresponde a los titulares de las Consejerías que para cada uno se citan, cualquiera que sea la fase de tramitación en que se encuentren los expedientes a la entrada en vigor de esta disposición.

Art. 2.º 1. Sin perjuicio de que los Consejeros ejerzan las competencias que les atribuye el artículo 119 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad, la liquidación del presupuesto de 1995 se llevará en las mismas Secciones presupuestarias establecidas en el Presupuesto inicial aprobado por las Cortes de Castilla y León.

  1. Los gastos de personal relativos a nóminas y Seguridad Social serán autorizados por los Consejeros titulares de las mencionadas Secciones presupuestarias.

  2. Hasta la...

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