ORDEN ADM/848/2009, de 8 de abril, por la que se convocan prestaciones económicas para los empleados públicos de la Administración de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

ORDEN ADM/848/2009, de 8 de abril, por la que se convocan prestaciones económicas para los empleados públicos de la Administración de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social.

La Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2009, destina al Fondo de Acción Social DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS (2.798.294 ) en la aplicación presupuestaria 11.02.921B01.18100.

La Orden ADM/822/2009, de 7 de abril, establece las bases reguladoras de las prestaciones económicas para los empleados públicos de la Administración de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social aplicables a esta convocatoria.

En virtud de lo anteriormente expuesto, previa negociación en la Comisión de Acción Social de la distribución del presupuesto entre las distintas líneas de prestaciones sociales, esta Consejería de Administración Autonómica, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 26.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha resuelto efectuar convocatoria pública para la concesión de prestaciones para los Empleados Públicos de la Administración de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social del ejercicio 2009.

DISPONGO Primero. Objeto y presupuesto.

  1. La presente convocatoria establece las prestaciones de acción social con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.921B01.18100 por un importe de DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS (2.792.294 ) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2009, con la siguiente distribución en cada línea:

    LÍNEAA:Adquisición de prótesis: OCHOCIENTOS SESENTAY DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTAY CUATRO EUROS (862.294 euros).

    LÍNEA B: Educación Infantil de primer ciclo: TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (350.000 euros).

    LÍNEA C: Estudios de los hijos: UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL EUROS (1.325.000 euros).

    LÍNEA D: Estudios de los empleados públicos: CINCUENTA Y CINCO MIL EUROS (55.000 euros).

    LÍNEA E: Reducción de jornada: CIEN MIL EUROS (100.000 euros).

    LÍNEA F: Otras modalidades: CIEN MIL EUROS (100.000 euros).

  2. Si a la vista de las solicitudes presentadas, se comprueba la existencia de remanente en la cantidad asignada a una o varias de las líneas establecidas en esta convocatoria con cargo al Fondo de Acción Social para el año 2009, dicho remanente incrementará la/s línea/s en la/s que el presupuesto resulte más deficitario.

    Segundo. Solicitantes.

    Los Empleados Públicos a los que se refiere la Base Segunda de las bases reguladoras deberán estar en situación de servicio activo y percibir los haberes con cargo a los Presupuestos de esta Comunidad Autónoma o en excedencia por cuidado de familiares a fecha 11 de mayo de 2009.

    En caso de fallecimiento del empleado público, el mismo deberá haberse producido durante el período comprendido entre el 19 de abril de 2008 y el 11 de mayo de 2009.

    Tercero. Plazos de cumplimiento de requisitos.

    LÍNEA A. Adquisición de prótesis.

    Para acceder a estas prestaciones el gasto realizado por el beneficiario deberá haberse efectuado en el período comprendido entre el 19 de abril de 2008 y el 11 de mayo de 2009.

    LÍNEA B. Educación Infantil de primer ciclo.

    Para acceder a esta prestación el beneficiario deberá haber asistido regularmente al Centro durante un período mínimo de seis meses, comprendido entre el 1 de mayo de 2008 y el 31 de marzo de 2009.

    LÍNEA C. Estudios de los hijos.

    Para acceder a esta prestación el beneficiario deberá ser menor de 25 años a fecha 31 de diciembre de 2008 y reunir los requisitos de matrícula y residencia en el curso académico 2008/2009.

    Las prestaciones no podrán ser prorrogadas para cursos sucesivos y su concesión se limitará al curso 2008/2009.

    LÍNEA D. Estudios de los empleados públicos.

    Para acceder a esta prestación el beneficiario deberá reunir los requisitos de matrícula en el curso académico 2008/2009.

    Las prestaciones no podrán ser...

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