ORDEN EDU/357/2013, de 17 de mayo, por la que se convocan los «Premios al rendimiento escolar al finalizar la educación básica» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2012-2013.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Orden EDU/218/2010, de 22 de febrero, («B.O.C. y L.» n.º 41, de 2 de marzo de 2010), modificada por Orden EDU/773/2012, de17 de septiembre («B.O.C. y L.» n.º 188, de 28 de septiembre), crea los «Premios al rendimiento escolar al finalizar la educación básica» en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con el artículo 1.g) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece como uno de los principios inspiradores del sistema educativo el esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

De conformidad con el artículo 5.2 de la mencionada orden, corresponde a la Consejería de Educación la convocatoria de los citados Premios, en la que se establecerán al menos los aspectos en él determinados.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la orden de creación de estos premios, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto.

El objeto de la presente orden es efectuar la convocatoria de los «Premios al rendimiento escolar al finalizar la educación básica» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2012-2013.

Segundo.- Requisitos de los aspirantes.

2.1. Podrán optar a estos premios aquellos alumnos que hayan cursado la educación básica en centros educativos que impartan educación secundaria en la Comunidad de Castilla y León en régimen ordinario y que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Haber obtenido el título de graduado en educación secundaria obligatoria en la evaluación final ordinaria, con todas las materias de la etapa superadas, en el curso 2012-2013.

  2. Haber obtenido una nota media en la educación secundaria obligatoria igual o superior a 9.60.

  3. Estar matriculado en bachillerato o en formación profesional en el momento de la concesión del premio.

    2.2. La nota media de la etapa se expresará con dos decimales y se obtendrá sumando las calificaciones de todas las materias de la etapa, excepto la religión, y dividiendo la cifra resultante entre el número de materias computadas.

    Tercero.- Premios.

    3.1. La Consejería de Educación otorgará, como «Premio al rendimiento escolar al finalizar la educación básica», un diploma acreditativo de la distinción obtenida que se adjuntará al expediente académico del alumno.

    3.2. Los premios, de acuerdo con el número de alumnos matriculados en educación primaria y secundaria obligatoria en el curso 2012-2013, tendrán la siguiente...

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