Orden FOM/762/2003, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden FOM/265/2003, de 11 de marzo, por la que se convocan los Premios Internet 2003 Castilla y León, para la promoción de la Sociedad de la Información.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN FOM/762/2003, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden F O M / 2 6 5 / 2 0 0 3 , de 11 de marzo , por la que se convocan los Pre m i o s I n t e rnet 2003 Castilla y León, p a ra la promoción de la Sociedad de la I n fo rm a c i ó n .
Por Orden de 11 de marzo de 2003, se reguló y efectuó convocatoria de los Premios Internet 2003 Castilla y León para la promoción de la Sociedad de la Información.
Como nove d a d, en ella se establecía la obl i gat o riedad de cert i fi c a c i ó n d i gital para las candidat u ras presentadas por medios telemáticos, a través de una aplicación creada al efe c t o , con objeto de fomentar y difundir la cert i ficación digital como medio rápido y eficaz de contrato entre la A d m i n i s t ración y los ciudadanos.
Sin embargo , en previsión de que algunos de los candidatos encontra s e n especiales dificultades en el uso de esta vía de pre s e n t a c i ó n , con la pre s e n t e m o d i fi c a c i ó n , se ofrece como altern at iva la presentación en otros Regi s t ros o m e d i a n t eC o rreo Cert i ficado para todas las modalidades de estos pre m i o s .
A d e m á s , se anulan los anteri o res A n ex o s , sustituyéndose por otro s aptos para ser presentados en cualquier modalidad.
En su virtud, en uso de las facultades que me han sido conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de laAdministración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO:
Primero. Se modifican los párrafos primero y segundo de la Base 1.2 de la Sección Primera, quedando redactados del siguiente modo:
'Además las candidat u ras podrán ser presentadas en el Regi s t ro General de la Consejería de Fomento en Valladolid, calle Rigoberto Cortejoso n.º 14, en mano desde las 9 a las 14 horas los días laborables, por correo certificado dirigido al citado Registro o en cualquiera de las formas previstas en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre deRégimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y del Pro c e d i m i e n t o Administrativo Común.
En este caso, el interesado presentará ante los Registros o ante laOficina deCorreos el formulario que corresponda de los que figuran en el Anexo, debidamente cumplimentado, y una copia del mismo al objeto de que le sea devuelta r egistrada o...
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