ORDEN EDU/760/2012, de 19 de septiembre, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al año académico 2011/2012.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1.g) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo el esfuerzo individual y la motivación del alumnado.

Por Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio, se regulan los Premios Nacionales de Bachillerato, que convoca anualmente el Ministerio de Educación y a los que puede concurrir el alumnado que haya obtenido Premio Extraordinario de Bachillerato en las respectivas comunidades autónomas en el mismo período. En su artículo 4 se dispone que las Administraciones educativas competentes podrán convocar y conceder Premios Extraordinarios de Bachillerato en sus respectivos ámbitos de competencia.

El Decreto 42/2008, de 5 de junio, por el que se establece el currículo de bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, en su disposición adicional quinta recoge que, en virtud de las competencias reconocidas a las comunidades autónomas en el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la consejería competente en materia de educación podrá convocar anualmente los premios extraordinarios de bachillerato en su ámbito territorial.

La Orden EDU/757/2012, de 12 de septiembre, («B.O.C. y L.» n.º 181, de 19 de septiembre) crea los Premios Extraordinarios de Bachillerato en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. De acuerdo con su artículo 4, corresponde a la Consejería de Educación convocar anualmente, mediante Orden, los citados premios, en la que se establecerán, al menos, los aspectos que se determinan en dicho artículo.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la orden de creación de estos premios, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero. Objeto.

1.1. La presente orden tiene por objeto convocar los Premios Extraordinarios de Bachillerato en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León correspondientes al año académico 2011-2012.

1.2. Estos premios tienen la finalidad de otorgar reconocimiento oficial a los méritos basados en el esfuerzo y en el trabajo de los alumnos que han cursado los estudios de bachillerato con excelente rendimiento académico.

Segundo. Distribución de los premios.

2.1. Se concederá como máximo un premio extraordinario por cada mil alumnos, o fracción superior a quinientos, matriculados en el último curso de bachillerato en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León en el año académico 2011/2012.

2.2. A los efectos previstos en el punto anterior, se tendrá en cuenta tanto al alumnado matriculado en régimen presencial como en enseñanza a distancia, tanto en centros docentes públicos como privados en los que se impartan las enseñanzas de bachillerato conforme a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2.3. En atención a los datos del alumnado matriculado en segundo curso de bachillerato, el número de premios extraordinarios que se convoca es de diecinueve, con la siguiente distribución por provincias: Ávila 1; Burgos 3; León 4; Palencia 1; Salamanca 3; Segovia 1; Soria 1; Valladolid 4; Zamora 1.

2.4. Si en alguna provincia quedase vacante alguno de los premios que tiene asignados, la Consejería de Educación los otorgará a aquellos alumnos que hayan obtenido las mayores calificaciones en los términos establecidos en el apartado 10.4 de esta convocatoria, con independencia de la provincia donde hayan realizado la correspondiente prueba.

Tercero. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Podrá optar al Premio Extraordinario de Bachillerato el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  1. Haber cursado en centros docentes españoles los dos cursos de cualquiera de las modalidades de bachillerato, bien en régimen presencial, bien en régimen a distancia.

  2. Haber finalizado segundo curso de bachillerato en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León en el curso 2011/2012.

  3. Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en las calificaciones

    de los dos cursos de cualquiera de las modalidades del bachillerato.

    3.2. La nota media, a estos efectos, se calculará conforme a lo establecido en la normativa de evaluación del bachillerato, teniendo en cuenta, exclusivamente, las calificaciones obtenidas en las materias comunes, de modalidad y optativas, de los dos cursos de bachillerato, excluida la religión.

    Cuarto. Solicitudes y documentación.

    4.1. Los alumnos que, reuniendo los requisitos indicados en el apartado tercero, deseen optar al Premio Extraordinario de Bachillerato, deberán dirigir su solicitud, según el modelo que figura en el Anexo I, al Excmo. Sr. Consejero de Educación. El modelo de solicitud también estará disponible en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León ( http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es ).

    4.2. La solicitud deberá ir acompañada de una certificación académica, según el modelo del Anexo II, acreditativa de los estudios de bachillerato...

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