ACUERDO 105/2008, de 16 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa la Diputación Provincial de Valladolid para la ejecución de las obras de «VP 3006 Villavaquerín a carretera Renedo-Pesquera», (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO 105/2008, de 16 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa la Diputación Provincial de Valladolid para la ejecución de las obras de 'VP 3006

Villavaquerín a carretera Renedo-Pesquera', (Valladolid).

La Excma. Diputación Provincial de Valladolid ha iniciado expediente de expropiación forzosa de bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras de 'VP 3006 Villavaquerín a Carretera Renedo-Pesquera', solicitando la declaración de urgencia de la ocupación.

El proyecto de obra fue aprobado definitivamente mediante Decreto de la Presidencia número 3510, de 22 de julio de 2008, cuyo presupuesto asciende a 739.864, 26 .

La relación de bienes y propietarios afectados por el proyecto ha sido sometida al trámite de información pública mediante su publicación en el 'Boletín Oficial de la Provincia' número 103, de 6 de mayo de 2006, en diarios de la provincia y en el Tablón de Anuncios de la Diputación, habiéndose resuelto las alegaciones formuladas mediante Resoluciones de Presidencia.

Consta en el expediente certificación relativa a la oportuna retención de crédito, con cargo al ejercicio en que se prevea la conclusión del expediente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa dada por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre.

La Corporación Provincial, justifica la declaración de urgente ocupación en que la carretera se encuentra en un estado muy deficiente: estrecha, sin arcenes, con curvas peligrosas.

Independientemente de la aplicación extensiva del artículo 11 de la Ley 2/1990, de 16 de marzo de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León, los indudables perjuicios para la seguridad vial que tal situación supone, hace necesaria una actuación urgente, con el fin de paliar lo antes posible los riesgos existentes. Tales circunstancias pueden ser consideradas de índole extraordinario cuya concurrencia aconseja acudir al procedimiento expropiatorio urgente.

Se estima, en consecuencia, que la solicitud formulada por la Diputación Provincial cuenta con motivación suficiente para que la urgencia de la ocupación sea acordada, por lo que se propone que se autorice a la Corporación Provincial para que anteponga la fase de ocupación a la de justiprecio, siguiendo el procedimiento contemplado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

La competencia para la resolución de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR