DECRETO 32/1997, de 20 de febrero, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Olvega (Soria) para la ejecución de la obra «Urbanización de la prolongación de la calle Numancia».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 25-02-1997 Nº Boletín: 38 / 1997

DECRETO 32/1997, de 20 de febrero, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Olvega (Soria) para la ejecución de la obra «Urbanización de la prolongación de la calle Numancia».

El Ayuntamiento de Olvega (Soria) tramita expediente expropiatorio de los bienes afectados por el proyecto: «Urbanización de prolongación de la calle Numancia» de ese municipio, solicitando de la Junta de Castilla y León la declaración de urgente ocupación de los mismos.

El proyecto técnico fue aprobado en sesión celebrada el 23 de abril de 1996. La relación de bienes y propietarios afectados fue aprobada en sesión celebrada el día 24 de octubre de 1996, siendo sometida a información pública mediante su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia» n.º 128 de 4 de noviembre de 1996 y notificación individual a los interesados. Las alegaciones formuladas durante el plazo concedido al efecto son resueltas por acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 28 de noviembre de 1996.

La ejecución con celeridad de las obras en cuestión con objeto de dotar a la zona de las infraestructuras necesarias y realizar la conexión de los barrios del núcleo urbano y evitar perjuicios a la población, junto con la necesidad de observar estrictos plazos, de los que dependen importantes vías de financiación del proyecto, pueden ser considerados como razones suficientemente justificativas de la urgencia de la ocupación.

La competencia para la resolución de las peticiones de declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el R.D. 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia declarar la urgencia de la ocupación al objeto de que el Ayuntamiento continúe la tramitación del expediente por el procedimiento regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión celebrada el día 20 de febrero de 1997

DISPONGO:

Artículo 1 º Se declara la...

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