DECRETO 59/2005, de 21 de julio, por el que se aprueban los Precios Públicos aplicables por los Centros de Control de Calidad de la Consejería de Fomento.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 59/2005, de 21 de julio, por el que se aprueban los Precios Públicos aplicables por los Centros de Control de Calidad de la Consejería de Fomento.

El artículo 44 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León prevé entre los recursos financieros que constituyen la Hacienda de la Comunidad los rendimientos de sus propias tasas y precios públicos, sobre los que la Comunidad Autónoma puede legislar acomodando su regulación a lo dispuesto en la legislación estatal.

Las contraprestaciones por los servicios de los Centros de Control de Calidad dependientes de la Consejería de Fomento tienen la consideración jurídica de precio público, cuyo régimen jurídico está regulado en la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 17 de la citada Ley 12/2001 dispone que la modificación de los precios públicos debe realizarse mediante Decreto de la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero que en cada caso corresponda en razón de la materia, en este caso el de Fomento, y previo informe de la Consejería de Hacienda.

El Decreto 275/2000, de 21 de diciembre, aprobó las tarifas de precios públicos aplicables por los Centros de Control de Calidad de la Consejería de Fomento.

Varias son las circunstancias que desde la citada fecha han acaecido:

Por una parte los precios, con carácter general, han sufrido paulatinos incrementos anuales, plasmados en los correspondientes índices oficiales.

Ha variado sustancialmente la normativa para la ejecución de ensayos. Ésta no sólo ha influido en el propio procedimiento de los mismos, sino que también ha generado la necesidad del empleo de nuevos equipos, cuya automatización se debe contemplar, e incluso variaciones en otros parámetros como tiempo de ejecución, tamaño de las muestras, número de ciclos de manipulación, entre otros. Estos cambios deben ser necesariamente tenidos en cuenta a la hora de la formación de precios.

El número de pruebas y ensayos que pueden ser afectados por los Centros de Control de Calidad de la Consejería de Fomento ha sufrido un incremento, surgiendo nuevos ensayos, como fruto de un normal desarrollo tecnológico y de innovación, propiciado por las nuevas técnicas y productos del mercado, así como por la creciente capacitación del personal de los citados...

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