ORDEN EDU/440/2007, de 8 de marzo, por la que se convocan subvenciones para las universidades públicas de Castilla y León, destinadas a potenciar la movilidad de los estudiantes universitarios en el territorio español a través del programa «Fray Luis de León» en el curso 2007/2008.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/440/2007, de 8 de marzo, por la que se convocan subvenciones para las universidades públicas de Castilla y León, destinadas a potenciar la movilidad de los estudiantes universitarios en el territorio español a través del programa 'Fray Luis de León' en el curso 2007/2008.

La Consejería de Educación, en cumplimiento de los principios y objetivos previstos en la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, considera oportuno apoyar la movilidad de los estudiantes universitarios castellanos y leoneses, consciente de la mejora que en su formación comporta, en el marco de la cooperación interuniversitaria y el 'Sistema de intercambio en Centros Universitarios de España' (SICUE), en concreto, a través del Programa 'Fray Luis de León'

De acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante la Orden EDU/302/2006, de 27 de febrero ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 7 de marzo) se aprobaron las bases reguladoras de estas ayudas, siendo procedente ahora, conforme a su artículo 4, realizar la convocatoria para el curso 2007/2008.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras de estas ayudas, en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

RESUELVO:

Primero. Objeto de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para las universidades públicas de Castilla y León, destinadas a potenciar la movilidad de sus estudiantes en el territorio español a través del programa 'Fray Luis de León' en el curso 2007/2008.

Segundo. Dotación presupuestaria.

La cuantía máxima del crédito asignado a las presentes ayudas asciende a un total de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS (153.764 ), de los cuales OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTAY CUATRO EUROS (85.764 ) son con cargo a la aplicación 07.04.463A01.74300.0 de los Presupuestos Generales de esta Comunidad para el año 2007, y SESENTA Y OCHO MIL EUROS (68.000 ) con cargo a la aplicación presupuestaria que corresponda del ejercicio 2008.

Tercero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las universidades públicas ubicadas en Castilla y León que estén adheridas al programa 'Sistema de Intercambio en Centros Universitarios de España' (SICUE) u otro equivalente que garantice la validez de los estudios parciales realizados en otro centro universitario.

Cuarto. Requisitos de los destinatarios del programa 'Fray Luis de León'.

4.1. Los destinatarios del programa 'Fray Luis de León' serán los estudiantes matriculados en las universidades públicas de Castilla y León que se hallen cursando los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Diplomado, Ingeniero, Arquitecto Técnico, Licenciado,

Ingeniero o Arquitecto, o que estén llevando a cabo un proyecto de fin de carrera establecido en los planes de estudios universitarios oficialmente reconocidos. En todo caso deberán cumplir además los requisitos siguientes:

  1. Haber obtenido plaza previa dentro del intercambio SICUE.

  2. En el caso de planes de estudio renovados tener superado en su universidad de origen, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes señalado por la correspondiente universidad, un mínimo de 30 créditos en diplomaturas e ingenierías o arquitectura técnicas, o 90 créditos en licenciaturas, ingenierías y arquitectura, y en cualquier caso estar matriculados en no menos de 30 créditos.

  3. En el caso de planes de estudio no renovados tener superados como mínimo la mitad de las asignaturas del primer curso de la titulación en diplomaturas e ingenierías o arquitectura técnica, o el equivalente a curso y medio en licenciaturas, ingenierías y arquitectura; y en cualquier caso estar matriculados en no menos de la mitad de asignaturas del equivalente a un curso...

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