ORDEN FOM/488/2009, de 30 de enero, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Parque Tecnológico de Burgos, en los términos municipales de Burgos y Cardeñajimeno. (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

CONSEJERÍA DE FOMENTO ORDEN FOM/488/2009, de 30 de enero, por la que se aprueba definitivamente el Plan Parcial del Parque Tecnológico de Burgos, en los términos municipales de Burgos y Cardeñajimeno.

VISTO el expediente relativo al Plan Parcial del Parque Tecnológico de Burgos, en los Términos Municipales de Burgos y Cardeñajimeno.

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Por Decreto 49/2006, de 20 de julio, se aprobó el Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos. Este Plan Regional es promovido la Sociedad de Gestión Urbanística de Castilla y León, S.A. (Gesturcal, S.A.) y tramitado por la Consejería de Economía y Empleo. El Plan tiene un carácter supramunicipal, afectando a los términos municipales de Burgos y Cardeñajimeno.

Segundo. El Plan Regional de ámbito territorial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos incluye entre sus determinaciones las previstas en el Título II de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, por lo que tal y como señala su Disposición Final Segunda , este Plan tiene la consideración de planeamiento urbanístico a todos los efectos y corresponden a la Comunidad Autónoma las competencias urbanísticas propias de los Municipios, sin más limitación que la obligada justificación del interés regional que habilite el ejercicio directo de la actividad urbanística por la Comunidad Autónoma, así como el respeto a las competencias municipales en la materia.

Así pues, como el Plan Regional se desarrolla mediante un Plan Parcial, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia municipal para tramitarlos. A tal efecto, la Sociedad de Gestión Urbanística de Castilla y León, S.A. (Gesturcal, S.A.) remitió a la Consejería de Economía y Empleo el Plan Parcial para el desarrollo del Parque Tecnológico de Burgos, con las determinaciones prescritas en el Art. 128 en relación con el 140, del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

El Plan Regional presentado tenía por objeto habilitar unos terrenos para ubicar el Parque Tecnológico de Burgos, clasificando los terrenos como suelo urbanizable no delimitado para su incorporación al patrimonio público de suelo, modificando la clasificación actual de los suelos en los dos municipios afectados (Burgos y Cardeñajimeno) y estableciendo las determinaciones de ordenación general y los criterios mínimos exigidos por la normativa urbanística para la futura redacción del Plan Parcial que estableciese su ordenación detallada.

El ámbito del Plan Regional asciende a 125, 21 Ha. de superficie, si bien el Plan Parcial establece la superficie final en 123, 79 Ha. después de su medición, tal y como expone su Memoria Informativa.

El ámbito afecta a dos términos municipales, Burgos y Cardeñajimeno, y se define en su límite Oeste por la AP-1, en su límite Norte por el término municipal de Orbaneja Riopico, en su límite Sur por la CN-120

Burgos-Ibeas de Juarros y en su límite Este por un camino local.

La zona planificada se ve afectada por los siguientes elementos territoriales singulares, afectados por otras materias sectoriales:

El Camino de Santiago, en su límite Sur.

Una vía pecuaria 'Vereda de Capiscol a Orbaneja de Riopico' que atraviesa la zona en el tercio Norte.

Tres zonas de Yacimientos Arqueológicos clasificadas como suelo rústico de protección cultural (San Medel IV, V y VI).

Las líneas de servidumbre, afección y línea límite de la edificación de la autopista AP-1 y de la carretera CN-120.

El trazado de un Oleoducto Bilbao-Valladolid.

El Aeropuerto de Burgos, en cuanto a servidumbres físicas y radioeléctricas, a escasa distancia del ámbito.

En cuanto a las infraestructuras exteriores al ámbito, sobre la situación existente, la Memoria Informativa considera:

El sector se plantea con posibilidad de conexiones para su acceso desde a la autopista AP-1 (existe un paso superior) y la carretera CN-120.

El ámbito no dispone de abastecimiento de agua.

Existe una conducción de colector de saneamiento cerca del ámbito, que llega desde la base militar 'El Cid Campeador' y vierte a la red municipal de Burgos en el entorno del núcleo de Castañares.

Se dispone de una red de abastecimiento de energía eléctrica de 13

Kv. que atraviesa el sector por la zona Sur, paralelo a la CN-120.

Atraviesa el sector de Norte a Sur un oleoducto ya mencionado, perteneciente a la línea Valladolid-Bilbao, tramo Miranda-Burgos.

La Memoria Justificativa del Plan Parcial, en cuanto a las soluciones propuestas, plantea:

Respecto de los accesos, se descarta el acceso por la AP-1 en base a los criterios del órgano sectorial competente, y se plantea por tanto su acceso por la CN-120 (según establecía el Plan Regional) como infraestructura exterior al sector y a diferente cota (elevada).

En todo caso, se plantea a nivel de esquema indicativo, con el fin de justificar la garantía de su función.

En cuanto a la red de abastecimiento, se opta por la ubicación de depósitos semienterrados en la cota más alta del sector, frente a un sistema de impulsión, por considerarse mejor su mantenimiento y autonomía. Su superficie prevista ocupa unos 5.000 m2 .

La red de saneamiento, se divide dos redes: la red de vertido de aguas residuales, que utiliza la toma a la red municipal de Burgos existente cerca del núcleo de Castañares; y la red de aguas pluviales, que (según planos) vierte mediante emisario al cauce del río Arlanzón, junto al paso elevado de la Autopista.

La red eléctrica prevé la instalación de una Subestación de alrededor de 1.200 m2 de ocupación, y con los consiguientes Centros de Transformación exigidos.

El Plan Parcial se organiza en cuanto a sus usos genéricos en 6 sistemas:

Sistema de Actividad Tecnológica (I+D+I) Tipologías: NIDO (Edificación aislada y 61.000 m2 de parcela).

MEDIA(Edificación aislada y 1.700 -3.850 m2 de parcela).

EXTENSIVA (Edificación aislada y 3.850-10.000 m2 de parcela).

Sistema de Equipamiento Social: asistencia sanitaria, servicios sociales, cultural-docente, etc.

Comercial: hostelería, restauración, alojamiento, etc.

Contingencia: gestión, promoción y control del parque.

Deportivo: al aire libre o cerrado.

Sistema de Espacios Libres Públicos.

Sistema de Red Viaria.

Sistema de Infraestructuras Básicas.

Sistema de Sistemas Generales.

Los usos detallados se estructuran en los siguientes:

Uso tecnológico.

Uso terciario-cuaternario.

Uso de equipamiento.

Social.

Comercial.

Contingencia.

Deportivo.

Uso de infraestructuras básicas.

Uso de red viaria.

Uso de espacios libres públicos.

Se pueden sintetizar los usos propuestos en las siguientes cifras:Tercero. Respecto del documento de Plan Parcial dispuesto para su tramitación, previamente a la misma, la Consejería de Economía y Empleo solicitó con fechas 4 de mayo y 19 de junio de 2007, los informes exigidos tanto por la legislación del Estado, en concreto de: la Confederación Hidrográfica del Duero, la Subdirección General de Infraestructuras y Normativa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental, la Delegación de Economía y Hacienda de Burgos, la Dirección General de Aviación Civil, la Subdelegación de Defensa en Burgos, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, la Dirección General de Ferrocarriles, como los exigidos por la legislación de la Comunidad Autónoma, en concreto a todas las Consejerías de la Junta de Castilla y León, y al Servicio Territorial de Medio Ambiente y Cultura. De acuerdo con el artículo 153 del Reglamento de Urbanismo, también se solicita informe del Servicio Territorial de Fomento y de la Diputación Provincial. Por último se solicita informe a los Ayuntamientos de Burgos y Cardeñajimeno.

El contenido de estos informes puede concretarse en los siguientes términos:

El Jefe de la Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Medio Ambiente en fecha 22 de marzo de 2007 informa que deberá incorporarse al Plan Parcial la obligación de que la vía pecuaria 'Vereda de Capiscol a Orbaneja Riopico' quede señalizada, delimitada y balizada en todo su recorrido mediante balizamiento formado por mojones de las características y dimensiones que se adjuntan. Todas estas actuaciones serán objeto de una separata específica en el Proyecto de Urbanización, que deberá ser autorizada por el Servicio Territorial de Medio Ambiente previamente a su ejecución.

La Consejería de Cultura y Turismo, en fecha 9 de abril de 2007 informa que dado que el Plan tiene la consideración de planeamiento urbanístico, será necesaria la emisión de informe sobre el citado Plan por parte de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Burgos.

La Consejería de Hacienda, en fecha 27 de marzo de 2007 informa que se exige informe previo de la Consejería de Hacienda en relación a los costes asumidos en todo o en parte por la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

El 10 de septiembre de 2007 el Ayuntamiento de Burgos remite a la Consejería de Economía y Empleo, los informes emitidos por los Departamentos de Planeamiento e Infraestructuras de la Gerencia Municipal de Urbanismo e Infraestructuras de fechas 18 de abril y 28 de agosto de 2007, donde se señalan una serie de observaciones sobre el Plan Parcial.

La Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información en fecha 11 de junio de 2007 remitió el informe a que se refiere el artículo 26.2 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, donde se señalan una serie de observaciones generales sobre 5 aspectos: El Derecho de los operadores a la ocupación del dominio público y normativa aplicable, uso compartido de la propiedad pública o privada, instalaciones radioeléctricas, características de las infraestructuras de las redes públicas de comunicaciones electrónicas e infraestructuras de telecomunicaciones en los edificios.

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