DECRETO 8/2010, de 25 de febrero, por el que se regulan parcialmente las aportaciones dinerarias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a la financiación global de la actividad de entidades públicas.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyDecreto

El texto refundido de las normas vigentes sobre aportaciones económicas distintas a las subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009, de 18 de junio, recoge normas que afectan a una serie de aportaciones dinerarias, la mayoría de ellas destinadas a la financiación de entidades públicas. En su artículo 1 se refiere a las aportaciones dinerarias de la Administración de la Comunidad destinadas a la financiación global de la actividad de las entidades del sector público autonómico cuyos presupuestos se integran en los presupuestos generales de la Comunidad y de otras entidades públicas, y establece en su apartado 3 la posibilidad de complementar reglamentariamente sus previsiones.

En el caso de las aportaciones previstas en una norma con rango de ley o nominativamente en los presupuestos de la Comunidad la forma de realizar su libramiento está regulada desigualmente por lo que resulta necesario establecer una regulación para todos aquellos casos en que no exista una norma específica con rango de ley sobre su realización y pago.

Con carácter general en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 1 del citado texto refundido es necesaria la justificación previa al pago de la aportación, no obstante para los casos en que tal justificación se exija resulta preciso establecer algunas previsiones.

Los créditos presupuestarios previstos nominativamente para transferencias a entidades integrantes del sector público autonómico pueden ser objeto de incremento o minoración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, por lo que resulta necesario prever cómo esa modificación presupuestaria repercute en el libramiento de las aportaciones.

Por último es preciso...

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