DECRETO 6/1993, de 21 de enero, de Desarrollo Parcial de la Ley 3/1992, de 20 de octubre, por la que se regula el Programa de Actuación Minera para el periodo 1992-1995.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 25-01-1993 Nº Boletín: 15 / 1993

DECRETO 6/1993, de 21 de enero, de Desarrollo Parcial de la Ley 3/1992, de 20 de octubre, por la que se regula el Programa de Actuación Minera para el periodo 1992-1995.

La Ley 3/1992, de 20 de octubre, establece un Programa de Actuación Minera para el periodo 1992-1995. A fin de comenzar a cumplir inmediatamente sus previsiones, al menos en lo que se refiere a algunas de las actuaciones más urgentes, resulta necesario, al amparo de su disposición final primera, establecer las normas que faciliten una rápida convocatoria de los incentivos al sector minero y de las ayudas para la mejora del hábitat minero a conceder dentro de aquel periodo, que hagan posible su aplicación efectiva en 1992 y determinen el gasto destinado a estas subvenciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previos los informes del Consejero Económico y Social, y del Comité de Inversiones Públicas y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del dia 21 de enero de 1993, .

..... DISPONGO:

Artículo 1º La Consejería de Economia y Hacienda realizará una convocatoria, para todo el periodo del Programa, de los incentivos al sector minero y de las ayudas para la mejora del hábitat minero previstas en los artículos 2º. y 4º. de la Ley 3/1992, de 20 de octubre.

Art. 2º.- De los 13.000 millones de pesetas previstos en la disposición adicional primera de la Ley citada, se destinarán 5.920 millones a los incentivos al sector minero y 800 millones a las ayudas para la mejora del hábitat minero.,

.... DISPOSICION TRANSITORIA

Dado que la Ley 3/1992, de 20 de octubre, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del 23, incluye en el Programa el año 1992 y para dar cumplimiento a sus previsiones en lo que se refiere a este ejercicio, excepcionalmente podrán acogerse a los incentivos los proyectos iniciados en dicho año antes del 23 de octubre, siempre que cumplan los requisitos que determine la convocatoria. En los restantes casos...

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