ORDEN SAN/96/2020, de 31 de enero, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir, mediante nombramiento de personal interino, una plaza adscrita a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 43.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como en el Capítulo III del Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, teniendo esta Consejería un puesto de trabajo vacante adscrito a funcionarios cuya cobertura resulta necesaria y urgente, vista la autorización de las Consejerías de la Presidencia y de Economía y Hacienda de fecha 6 de noviembre de 2019 (Expediente 49 I (P) / 2019, así como la inexistencia de Bolsa de Empleo del Cuerpo Facultativo Superior, Escala Sanitaria (Médicos), esta Consejería procede a efectuar la presente convocatoria para cubrir la plaza que se indica en el Anexo I conforme a las siguientes bases:

BASES:

Primera.- Se efectúa convocatoria pública para la cobertura mediante nombramiento de personal interino de una plaza de Técnico Facultativo con las características y requisitos que se señalan en el Anexo I esta orden.

Segunda.- Los candidatos para cubrir dicha plaza que, en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en la base tercera, deberán dirigir sus instancias, según el modelo que figura en el Anexo II de esta orden, al Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Sanidad en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León, así como la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que en la misma se aleguen, debidamente compulsados o cotejados, cuando se trate de fotocopias. No se tendrán en cuenta los méritos alegados y no acreditados documentalmente.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, en los Servicios Centrales y Periféricos de la Consejería de Sanidad o en los lugares a que hace referencia la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lunes, 17 de febrero de 2020

Tercera.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. - Nacionalidad.

    Podrán concurrir:

    - Los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

    - El cónyuge de los españoles y de los nacionales de los Estados citados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

    - Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    - Los extranjeros no incluidos en los casos anteriores, que tengan residencia legal en España, cualquiera que sea su nacionalidad.

  2. - Edad.

    Tener cumplidos dieciséis años de edad y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

  3. - Titulación.

    Estar en posesión del título de Licenciado en Medicina o en condiciones de obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

  4. - Capacidad.

    Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo a los que aspira a acceder.

  5. - Habilitación:

    No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial.

    Los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR