ORDEN SAN/952/2018, de 4 de septiembre, por la que se modifica la Orden SAN/496/2011, de 8 de abril, por la que se regula el procedimiento de acreditación y reacreditación de los tutores de formación sanitaria especializada en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

Con fecha 27 de abril de 2011 se publicó la ORDEN SAN/496/2011, de 8 de abril, por la que se regula el procedimiento de acreditación y reacreditación de los tutores de formación sanitaria especializada en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, que desarrollaba el Decreto 75/2009, de 15 de octubre, por el que se regula la ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León que regula en sus Capítulos IV y V la figura del tutor, y contempla en el artículo 26.4 los aspectos generales relativos a su acreditación y reacreditación señalando, al respecto, que «La acreditación y reacreditación del tutor será realizada por la Gerencia Regional de Salud a través del órgano que tenga atribuidas competencias en materia de calidad y acreditación, conforme al procedimiento que se establezca en desarrollo de la presente disposición en el que participará en todo caso la comisión de docencia».

El objeto de la precitada ORDEN SAN/496/2011, de 8 de abril, era regular el procedimiento de acreditación y reacreditación de tutores de formación sanitaria especializada, estableciendo además de su ámbito de aplicación, requisitos para solicitarlas, y las funciones a desempeñar por las comisiones de docencia constituidas al amparo del Decreto 75/2009, de 15 de octubre, así como la posibilidad de que dichas comisiones de docencia en determinados casos puedan designar un grupo técnico de apoyo que se encargara de las funciones encomendadas.

Más de siete años después de la entrada en vigor de la precitada ORDEN SAN/496/2011, de 8 de abril, se ha comprobado la necesidad de introducir una modificación al texto, con el fin de dar cobertura a las necesidades surgidas en el período que transcurre entre varias convocatorias, o en supuestos en los que en un determinado centro o unidad docente se precisa de más tutores de los que en esos momentos están nombrados.

Con esta Orden y de conformidad con lo regulado en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada y en el Decreto 75/2009, de 15 de octubre, se pretende llevar a cabo una modificación que permita la acreditación/reacreditación de profesionales sanitarios especialistas que estén prestando servicios en el Servicio Público de Salud de Castilla y León, pero fuera de los centros o unidades docentes. Es decir, se trata de contar con...

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