ORDEN PRE/425/2019, de 2 de mayo, por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en la financiación local vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León para el año 2019, en la parte incondicionada.

SecciónVI - Anuncios
EmisorUniversidad de Valladolid
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo previsto en los artículos 43 y 55.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, y en la disposición final novena de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales regula en su Título II la financiación de las entidades locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León.

Mediante esta Ley 10/2014, de 22 de diciembre, se crean dos fondos, el Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León y el Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos por el Estado de gestión directa por la Comunidad Autónoma, que están dirigidos a los municipios y provincias de Castilla y León, y regulados respectivamente en los Capítulos II y III de dicho texto legal.

Ambos Capítulos establecen determinaciones sobre la dotación, la distribución y la participación en dichos Fondos de los municipios y provincias de Castilla y León, y han sido desarrollados por la Orden PRE/88/2015, de 13 de febrero, de la Consejería de la Presidencia, por la que se fijan los criterios de distribución de la financiación de las entidades locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León.

Para el año 2019, la Disposición Transitoria del Decreto 51/2018, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, establece que durante el período de prórroga continuará en vigor, con las salvedades derivadas de su adaptación a lo establecido en dicho Decreto, el texto articulado de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2018, aprobado por Ley 8/2017, de 28 de diciembre.

La disposición adicional decimocuarta de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, establece que el incremento experimentado en las transferencias de los fondos de financiación vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León desde el año 2015 hasta este ejercicio presupuestario, tendrán en el año 2018 naturaleza de ayudas de cooperación económica local general para el fomento de la constitución de mancomunidades de interés general, tanto urbanas como rurales; disposición que resulta aplicable en virtud de la mencionada Disposición Transitoria del Decreto 51/2018, en el ejercicio 2019.

En consecuencia con lo anterior, para el año 2019 el Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León está dotado con una cantidad igual a la del año 2015. El importe de este Fondo se distribuye según los porcentajes establecidos en el artículo 6 de dicha Ley 10/2014, de 22 de diciembre.

Según el artículo 7.2 de la citada Ley 10/2014, de 22 de diciembre, la cantidad que corresponda a las entidades locales de Castilla y León con cargo a este fondo tendrá carácter incondicionado, y se podrá destinar por cada una de ellas libremente para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras.

Asimismo, para el año 2019 el Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos está dotado con una cantidad igual a la del año 2015.

El importe de este Fondo se distribuye, de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, entre las entidades locales citadas en el artículo 6.1 de la dicha Ley y conforme a los porcentajes establecidos en el mismo.

Además, de acuerdo con la exposición de motivos de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, las corporaciones locales no percibirán en el conjunto de instrumentos de financiación una cuantía inferior a la del año 2014, circunstancia que obliga a incrementar la cuantía del Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos para algunos de los municipios con población inferior o igual a 20.000 habitantes y algunas Diputaciones Provinciales.

Los artículos 7 y 10 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, regulan la participación en los citados Fondos, y establecen que la cuantía que anualmente corresponda a cada entidad local se determinará, previa comunicación a la Junta de Castilla y León, por orden de la consejería competente en materia de administración local que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León en el primer cuatrimestre, siendo competente la Consejería de la Presidencia, de acuerdo con el Decreto 40/2015, de 23 de julio, por el que se establece su estructura orgánica.

La Ley 10/2014, de 22 de diciembre, en su artículo 10.2 párrafo segundo especifica que el 50% de la cantidad que perciban las provincias y los municipios con población superior a 20.000 habitantes tendrá carácter incondicionado y se podrá destinar libremente por cada entidad para financiar gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras. Mediante la presente orden se resuelve la parte incondicionada de este Fondo.

Los presupuestos aprobados por la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, prorrogados para 2019, consigna crédito suficiente para financiar estos Fondos en la parte incondicionada por importe de 49.716.926 euros para el año 2019 en las aplicaciones presupuestarias 0108.941A02.7601J «Ordenación Territorial» por importe de 49.518.183 euros y 0108.941A02.7600K «Ayudas Cohesión Territorial» por importe de 198.743 euros.

En su virtud, a propuesta de la Dirección de Ordenación del Territorio y Administración local y previa comunicación a la Junta de Castilla y León en la reunión de su Consejo de Gobierno del día 2 de mayo de 2019,

RESUELVO

  1. Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León.

    Primero.- Fijar en 12.216.038 euros la cuantía total del Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León para 2019, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 0108.941A02.7601J «Ordenación Territorial» de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, prorrogados para 2019.

    Segundo.- La cuantía del Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León, que corresponde en el año 2019 a cada uno de los municipios con población inferior o igual a 20.000 habitantes, es la señalada en el Anexo I que se acompaña a la presente Orden, por un importe total de 6.718.820 euros, que representa el 55 por 100 de este Fondo para 2019.

    Tercero.- La cuantía del Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León, que corresponde en el año 2019 a cada uno de los municipios con población superior a 20.000 habitantes, es la señalada en el Anexo II que se acompaña a la presente orden, por un importe total de 3.054.010 euros, que representa el 25 por 100 de este Fondo para 2019.

    Cuarto.- La cuantía del Fondo de participación en los impuestos propios de la Comunidad de Castilla y León, que corresponde en el año 2019 a cada una de las provincias, es la señalada en el Anexo III que se acompaña a la presente orden, por un importe total de 2.443.208 euros, que representa el 20 por 100 de este Fondo para 2019.

    Quinto.- La cantidad que corresponde a cada entidad local tiene carácter incondicionado, y se podrá destinar por cada una de ellas libremente para la financiación de gastos por operaciones corrientes, de capital o financieras.

  2. Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos.

    Sexto.- Fijar en 37.302.145 euros la cuantía del Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos en su parte incondicionada para 2019, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 0108.941A02.7601J «Ordenación Territorial» de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, prorrogados para 2019.

    Séptimo.- La cuantía del Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos, que corresponde en el año 2019 a cada uno de los municipios con población inferior o igual a 20.000 habitantes, es la señalada en el Anexo I que se acompaña a la presente orden, por un importe total de 26.472.490 euros.

    Para cumplir lo dispuesto en la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, que prevé que las corporaciones locales no percibirán en el conjunto de instrumentos de financiación una cuantía inferior a la del año 2014, es obligado incrementar la cuantía de este Fondo en 172.912 euros, a los municipios y por las cantidades individuales que se relacionan

    en el Anexo I-bis, con cargo a la aplicación presupuestaria 0108.941A02.7600K «Ayudas Cohesión Territorial» de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018, prorrogados para 2019.

    En consecuencia, para esta finalidad, a estos municipios les corresponde la cantidad total de 26.645.402 euros.

    Octavo.- La cuantía del Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos en su parte incondicionada, que corresponde en el año 2019 a cada uno de los municipios con población superior a 20.000 habitantes, es la señalada en el Anexo II que se acompaña a la presente orden, por un importe total de 6.016.475 euros.

    Noveno.- La cuantía del Fondo de cooperación económica local general vinculado a ingresos derivados de los impuestos cedidos en su parte incondicionada, que corresponde en el año 2019 a cada una de las provincias, es la señalada en el Anexo III que se acompaña a la presente orden, por un importe total de 4.813.180 euros, más la cuantía a la que se refiere el siguiente...

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