ORDEN PRE/1309/2019, de 16 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Ayudante de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Tanto la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, como la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, además de establecer la tasa de reposición aplicable en determinados sectores y actividades, autorizan una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal de las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016, o al 31 de diciembre de 2017, respectivamente, en determinados sectores y colectivos. Así mismo ambas leyes de presupuestos establecen que las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial no computarán a los efectos del límite máximo de la tasa de reposición correspondiente.

Los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal necesariamente deben garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y su articulación, tal como se señala en las leyes de presupuestos precitadas, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones en el desarrollo de los mismos.

Haciendo uso de la posibilidad de negociación para la articulación de los procesos de estabilización se suscribió, el 14 de diciembre de 2018, el Acuerdo sobre la articulación de los procesos de estabilización incluidos en la oferta de empleo público 2018 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (Boletín Oficial de Castilla y León de 4 de diciembre de 2019), según el cual «Las convocatorias derivadas de la Oferta de Empleo Público de 2018 para personal laboral y funcionario no docente, donde se incluyan plazas de estabilización o de indefinidos no fijos declarados por sentencia judicial, se harán por el sistema de concurso-oposición en un porcentaje del 40 para la fase de concurso y de un 60 para la oposición. En la fase de concurso se valorará el tiempo de servicios prestados en las Administraciones Públicas al 70% y los títulos académicos reconocidos oficialmente con el 30% restante. Las convocatorias pendientes de la oferta de 2017 se acumularán a las de 2018».

En su virtud y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración expresadas en los Acuerdos 57/2017, de 28 de septiembre y 64/2018, de 20 de diciembre, de la Junta de Castilla y León por los que se aprueba la Oferta de

Empleo Público de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos para el año 2017 y se amplía la del año 2018, respectivamente, esta Consejería, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7.2 k de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León,

RESUELVE

Convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso libre, en la competencia funcional de Ayudante de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que se regirá por las presentes

BASES

Primera.- Normativa aplicable.

El proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo, en el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León y en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos.

La presente convocatoria cumple el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Segunda.- Número y características de las plazas.

2.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de acceso libre, 77 puestos de trabajo de la competencia funcional de Ayudante de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, 6 de los cuales se reserva para ser cubierto por el turno de personas con discapacidad, con un grado igual o superior al 33% o que tengan legalmente tal consideración, tal y como se recoge en el siguiente cuadro:

Sistema general

Cupo personas con discapacidad

Acuerdo 57/2017, de 28 de septiembre.

Estabilización de empleo temporal: 26

24

2

26

Acuerdo 64/2018, de 20 de diciembre.

Tasa de reposición: 30 Estabilización de empleo temporal: 21

47

4

51

Total

71

6

77

Total

Los puestos de trabajo concretos se recogen en el Anexo I de esta orden.

2.2. Los aspirantes que concurran en el turno reservado a personas con discapacidad, sólo podrán hacerlo en dicho turno.

2.3. Las plazas reservadas para el turno de personas con discapacidad que no sean cubiertas, se acumularán a las plazas del turno general.

2.4. En el caso de que algún aspirante que participe en el turno de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes sin obtener plaza resultando su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en la relación de aprobados.

Tercera.- Proceso selectivo y calificación.

3.1. El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición, con las fases, ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

3.2. Los ejercicios del proceso selectivo deberán ampararse en la normativa vigente en el momento de publicar la fecha de realización del primer ejercicio.

Cuarta.- Programa.

El programa que rige el proceso selectivo figura como Anexo III a esta convocatoria.

Quinta.- Requisitos de los aspirantes.

Quienes aspiren a ingresar en la competencia funcional de Ayudante de Cocina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato como trabajador laboral fijo, los siguientes requisitos de participación:

  1. Nacionalidad.

    1. Tener la nacionalidad española.

    2. Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

    3. Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

    4. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    5. Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

  2. Edad. Tener cumplidos dieciséis años de edad.

  3. Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la finalización

    del plazo de presentación de solicitudes del título Graduado Escolar, Formación

    Profesional de Grado Medio, o equivalente, o con competencia funcional reconocida en Ordenanza Laboral o Convenio Colectivo. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

  4. Capacidad. Poseer la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes a la competencia funcional a la que aspira a acceder.

  5. Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse incurso en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer a la misma competencia funcional a la que se presenta.

    En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    Sexta.- Acceso de personas con discapacidad.

    6.1. Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las adaptaciones y los ajustes de tiempo y medios que precisen para la realización de las pruebas en condiciones de igualdad. A tal efecto, los interesados deberán formular en el modelo de solicitud la petición concreta, adjuntando el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de...

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