ORDEN PRE/1004/2015, de 13 de noviembre, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en materia de función pública.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, ha atribuido a la Consejería de la Presidencia, entre otras, las competencias en materia de función pública.

El Decreto 4/2015, de 17 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se crean y regulan las Viceconsejerías, dispone en el artículo 1 la creación de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto.

El Decreto 40/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, establece como órgano directivo central la Dirección General de la Función Pública bajo la dependencia de la viceconsejería citada.

Dispuesta así la estructura de tales órganos directivos centrales se considera conveniente la delegación del ejercicio de determinadas competencias atribuidas al consejero competente en materia de función pública por la Ley 7/2005, de 24 de mayo, con el objeto de mantener el grado de eficacia y celeridad administrativa operado por la delegación en su día efectuada por la Orden HAC/1501/2011, de 23 de noviembre.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 48 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en el titular de la Viceconsejería de Función Pública y Gobierno Abierto el ejercicio de las competencias que se expresan, incluida la competencia para la resolución de los recursos de reposición:

  1. Convocar y resolver los concursos de provisión de puestos de trabajo a propuesta de las consejerías interesadas.

  2. Convocar y resolver las pruebas de selección de personal, a propuesta de las correspondientes consejerías, estableciendo sus bases, programas y contenido, así como el nombramiento de los órganos de selección y la autorización de asistencias que puedan devengarse.

  3. Realizar las clasificaciones pertinentes y aprobar la integración del personal transferido.

  4. Aceptar la renuncia a la condición de funcionario de aquellos pertenecientes a Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  5. Declarar la pérdida de la condición de funcionario de los pertenecientes a Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

  6. ...

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