ORDEN EYE/855/2013, de 16 de octubre, por la que se modifica la Orden EYE/1104/2012, de 19 de diciembre.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | ConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
Por Orden EYE/1104/2012, de 19 de diciembre de la Consejería de Economía y Empleo ( «B.O.C. y L.» n.º 244, de 20 de diciembre), se convocan para el año 2013 medidas de mejora de la ocupabilidad a través de una línea de ayudas destinadas a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada y a trabajadores con 55 o más años de edad, por extinción de sus contratos de trabajo, por declaración de insolvencia de la empresa o en procedimiento concursal en el ámbito de Castilla y León.
Dicha convocatoria en su Dispongo Tercero 1.- estableció el crédito presupuestario para financiar estas ayudas, que fue modificado por Orden EYE/261/2013, de 11 de abril, y posteriormente por Orden EYE/693/2013, de 19 de agosto, por lo que la cuantía definitiva asciende a 6.731.121 euros de los que 6.362.521 se destinan al Programa I y 368.600 euros para el Programa II. El punto 3. del citado Dispongo-, establece que «los créditos asignados en la presente convocatoria para ambos programas podrán ser incrementados en una cuantía adicional de hasta 7.500.000 euros, respecto de lo inicialmente previsto en el apartado primero».
Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, es necesario modificar el importe previsto en la orden de convocatoria, e incrementar el mismo en la cuantía de 825.801 euros para el citado ejercicio, con el fin de garantizar una adecuada y eficaz gestión administrativa en aras a conseguir que con estas ayudas se llegue al mayor número posible de solicitantes.
En su virtud
DISPONGO
Primero .- Modificar la disposición tercera punto 1 de la Orden EYE/1104/2012, de 19 de diciembre, por la que se convocan las referidas ayudas, que quedaría redactado en los siguientes términos:
-
- La financiación de las ayudas convocadas por la presente orden se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria y la cuantía que se indica a continuación:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA
IMPORTE
DISTRIBUCIÓN IMPORTE
AÑO
0806G/241C02/7802S
7.556.922,00 €
Programa I:
Programa II:
7.188.322,00
368.600,00
2013
Segundo.- Producción de efectos.
La modificación contenida en esta orden, surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en el...
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