ORDEN CYT/172/2013, de 21 de marzo, por la que se convocan subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas que se celebren en el año 2013, dentro del «Programa Deporte Siglo XXI».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Por la Orden CYT/205/2009, de 4 de febrero, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 26, de 9 de febrero de 2009, se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas, dentro del «Programa Deporte Siglo XXI».

Estas subvenciones tienen como finalidad el contribuir al fomento del deporte en edad escolar y colaborar con las federaciones deportivas de Castilla y León en la consecución de sus objetivos deportivos, y fundamentalmente, a la captación de jóvenes talentos.

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, establece la posibilidad de que los ciudadanos puedan, al menos, iniciar procedimientos administrativos de cualquier tipo, entre los que se incluyen las subvenciones, a través de medios electrónicos. Además, la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública reconoce a los ciudadanos el derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración Autonómica, siendo su Capítulo III del Título II desarrollado por el Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, donde se regula el régimen jurídico de utilización por la Administración Autonómica de medios electrónicos en el desarrollo de su actividad administrativa y en sus relaciones con los ciudadanos. Por ello, esta orden recoge una serie de previsiones necesarias para hacer posible la teletramitación de la solicitud para la concesión de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas que se celebren en el año 2013, dentro del «Programa Deporte Siglo XXI».

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Orden CYT/205/2009, de 4 de febrero, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Convocatoria.

Convocar, para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para federaciones deportivas de Castilla y León, con la finalidad de contribuir al fomento del deporte en edad escolar y colaborar con las federaciones deportivas de Castilla y León en la consecución de sus objetivos deportivos.

Segundo.- Dotación y aplicación presupuestaria.

  1. - Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria, anualidades y cuantías que se detallan a continuación, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2013:

    Anualidad

    Aplicación Presupuestaria

    Importe

    2013

    10.04.336A01.78064.0

    140.000 €

    Tercero.- Conceptos subvencionables.

  2. - Los conceptos para los que puede solicitarse la subvención regulada en esta orden son los siguientes: Gastos de alojamiento, manutención y transporte de los técnicos y deportistas que participen en las concentraciones convocadas por las federaciones deportivas de Castilla y León durante el año 2013 dentro del Programa «Deporte Siglo XXI». Los gastos de transporte de técnicos y deportistas que participen en concentraciones convocadas por las federaciones deportivas de Castilla y León dentro del Programa «Deporte Siglo XXI», no serán subvencionables cuando se realicen en transportes particulares.

  3. - No serán objeto de subvención aquellas actividades que, de manera directa o indirecta, sean sufragadas total o parcialmente mediante cualquier otro concepto presupuestario por la Consejería competente en materia de deportes.

  4. - Se subvencionarán los gastos, de alojamiento, manutención y transporte de los técnicos y deportistas de, como máximo, ocho concentraciones deportivas por cada federación deportiva de Castilla y León.

    Cuarto.- Beneficiarios.

  5. - Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan las federaciones deportivas de Castilla y León que, en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León», se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Castilla y León.

  6. - No podrán obtener la condición de beneficiarios las Federaciones Deportivas de Castilla y León en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  7. - Los beneficiarios estarán sujetos a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Quinto.- Cuantía de las subvenciones.

    La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las consignaciones presupuestarias previstas en el apartado segundo de esta orden, pudiendo alcanzar su importe el 100% de la cantidad solicitada.

    Sexto.- Solicitudes y documentación.

  8. - Solicitudes . Las solicitudes se formalizarán en el formulario de «Solicitud de subvenciones a Federaciones Deportivas de Castilla y León destinadas a financiar gastos de concentraciones deportivas dentro del Programa Deporte Siglo XXI» que estará disponible en la...

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