ORDEN HAC/219/2015, de 9 de marzo, por la que se aprueba la política de firma electrónica y de certificados de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se anuncia su publicación en la sede electrónica.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2007, de 22 de junio de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos contiene la regulación básica para la identificación y autenticación electrónica de los ciudadanos y de las Administraciones Públicas, habilitando distintos instrumentos de acreditación en las actuaciones electrónicas.

El artículo 42 de la Ley 11/2007, de 22 de junio establece que a través del Esquema Nacional de Interoperabilidad, se regulen el conjunto de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, conservación y normalización que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas, garantizando la interoperabilidad entre éstas y con los ciudadanos. Dicho Esquema fue aprobado mediante Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, fijando en su Disposición adicional primera , el desarrollo entre otras Normas Técnicas, de la Política de firma electrónica y certificados de la Administración.

En desarrollo de dicha norma, con fecha 30 de mayo de 2012, la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica aprobó la versión 1.9 de la política de firma electrónica y de certificados (OID 2.16.724.1.3.1.1.2.1.9).

Posteriormente, el «Boletín Oficial del Estado» número 299, de 13 de diciembre, recogió la Resolución de 29 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de aprobación de la política de firma electrónica y de certificados de la Administración General del Estado y se anuncia su publicación en la sede correspondiente.

En general, una política de firma electrónica es un documento legal que contiene una serie de normas de seguridad, de organización, técnicas y legales para determinar cómo se generan, verifican y gestionan las firmas electrónicas, incluyendo las características exigibles a los certificados de firma, y estableciendo las directrices y requisitos que garanticen la autenticación y el reconocimiento de firmas y certificados como elemento clave para la interoperabilidad. El objetivo es determinar la validez de la firma electrónica para una transacción en particular, especificando la información que debe incluir la persona firmante en el proceso de generación de la firma y la información que se debe comprobar en el proceso de validación de la misma.

Por otro lado, la Junta de Castilla y León aprobó el Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la Administración de la...

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