ORDEN FYM/810/2018, de 11 de julio, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, en las laderas sur del Sector IA-22 «Parquesol».

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

VISTO el expediente relativo a la Modificación Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) de Valladolid, en las laderas sur del sector IA-22, los siguientes son sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El término municipal de Valladolid se encuentra ordenado por un PGOU, aprobado por Orden de 14 de julio de 1988 de la ConsejerÃa de Fomento (B.O.C. y L. de 18 de julio de 1988), adaptado a la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, (en adelante LUCyL) por Orden FOM/1084/2003, de la ConsejerÃa de Fomento de 18 de agosto (B.O.C. y L. n.º 165 de 27 de agosto de 2003). Este Plan, junto con la citada LUCyL, el Decreto 22/2004, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (en adelante RUCyL), dentro del marco definido por Real Decreto-Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (en adelante TRLS), configuran el régimen urbanÃstico de aplicación en dicho municipio.

Segundo.- El ámbito de la modificación afecta a una parte del sector IA-22, que se encuentra en la zona Oeste de Valladolid.

El ámbito está parcialmente construido, por lo que, se ha optado por realizar una delimitación que, en general, incluye parcelas que aún no están edificadas; incluyendo predios privados, espacios libres públicos y equipamiento público y privado. Además, se incluye la parcela 63-A, más conocida como «Chalet Alfonso».

El objetivo de la modificación es la reorganización de los predios no edificados, agrupándolos o modificando su posición actual, con el fin de conseguir dos grandes superficies de uso comercial.

Tercero.- Con fecha de 29 noviembre de 2013 tiene entrada en el Registro General del Ayuntamiento de Valladolid solicitud de modificación del PGOU de Valladolid en las laderas sur del sector IA-22 «Parquesol», promovida por La Junta de Compensación del Plan Parcial Parquesol.

Por Decreto de la AlcaldÃa de 16 de diciembre de 2013 se inicia el expediente de modificación del PGOU de Valladolid, en las laderas sur del sector IA-22 «Parquesol».

Para ello se envÃa la documentación solicitando informe en el ámbito de sus competencias a los siguientes servicios:

- Servicio de Parques y Jardines.

- Centro de Movilidad Urbana.

- Servicio de Infraestructuras.

- Centro de Gestión de Servicios Urbanos.

- Gerencia Municipal de Urbanismo.

- SecretarÃa Ejecutiva del Área de Seguridad y Movilidad:

* Servicio de extinción de incendios, salvamente y protección civil.

* Departamento de Patrimonio.

- Servicio de Urbanismo.

Emitidos dichos informes, con fecha 25 de junio el Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo acuerda proponer al Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, la aprobación inicial de la Modificación Puntual del PGOU de Valladolid en las laderas sur del Sector IA-22 «Parquesol», el cual, en la sesión del celebrada el 2 de julio de 2014, por mayorÃa absoluta del número legal de miembros, acuerda la aprobación inicial de la modificación propuesta, asà como la apertura de un perÃodo de información pública de dos meses.

La apertura del perÃodo de información pública de dos meses fue anunciada en la edición del Norte de Castilla de 15 de julio de 2014, en el B.O.C. y L. n.º 137/2014 de 18 de julio de 2014, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Valladolid durante el perÃodo comprendido entre el 28 de julio y el 19 de septiembre de 2014, asà como en la web www.jcyl.es/plau y en el enlace www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid-tablon-oficial.

Durante ese perÃodo han presentado alegaciones, de acuerdo con el informe del Secretario del Ayuntamiento de Valladolid de 26 de julio de 2016:

- D. Juan José Álvarez de Diego, en representación de AAVV Ciudad Parquesol.

- D. Alejandro GarcÃa Pellitero, en representación de la Asociación Vallisoletana de Comercio (AVADECO).

- D. Rafael de Santiago Pérez, en representación de Inmobiliaria Argón, S.A.

- D. Manuel Saravia Aragón, en representación de Grupo Municipal de Izquierda Unida.

También presenta alegaciones, aunque fuera de plazo D. Rafael GarcÃa Fernández, en representación de Red Eléctrica de España, S.A.U.

Cuarto.- Como resultado de la solicitud de los informes preceptivos, se emiten los siguientes, con entrada en el Registro del Ayuntamiento en las fechas que se señalan:

- Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo (6 de agosto de 2014).

- Subdelegación del Gobierno en Valladolid (2 de enero de 2015).

- Diputación Provincial de Valladolid.

- Confederación Hidrográfica del Duero (21 de julio de 2014).

Quinto.- Como se expresa en el antecedente de hecho segundo, el fin de esta reordenación es poder conseguir dos grandes superficies de uso comercial, con el fin de mejorar la competitividad de la ciudad respecto de otros equipamientos situados en municipios próximos. Por esta razón, resulta de aplicación la Norma Técnica UrbanÃstica sobre Equipamiento Comercial de Castilla y León, aprobada por Decreto 28/2010, de 22 de julio, al amparo de la cual se solicitan los siguientes informes:

* Ayuntamientos incluidos en el área urbana:

- Ayuntamiento de Cigales.

- Ayuntamiento de Santovenia de Pisuerga

- Ayuntamiento de Cabezón de Pisuerga.

- Ayuntamiento de Fuensaldaña.

- Ayuntamiento de Mucientes.

- Ayuntamiento de Renedo de Esgueva.

- Ayuntamiento de Castronuevo de Esgueva.

- Ayuntamiento de la Cistérniga.

- Ayuntamiento de Tudela de Duero.

- Ayuntamiento de Laguna de Duero.

- Ayuntamiento de Boecillo.

- Ayuntamiento de Aldeamayor de San MartÃn.

- Ayuntamiento de Viana de Cega.

- Ayuntamiento de la Pedraja de Portillo.

- Ayuntamiento de Valdestillas.

- Ayuntamiento de Villanueva de Duero.

- Ayuntamiento de Simancas.

- Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda.

- Ayuntamiento de Geria.

- Ayuntamiento de Ciguñuela.

- Ayuntamiento de Zaratán.

- Ayuntamiento de Villanubla.

Ninguno de los informes emitidos por los Ayuntamientos presenta obstáculo alguno a la modificación.

También se solicitan informes a:

- El Servicio Territorial de Fomento de Valladolid.

- La Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental.

El Servicio Territorial de Fomento de Valladolid contesta que «no existe carretera autonómica afectada por la citada modificación» y la Demarcación de Carreteras en Castilla y León Oriental no emite informe.

Séptimo.- Con fecha de 14 de julio de 2014, se solicita el cambio de titularidad del promotor de la Modificación, que pasa a ser San José Desarrollos Inmobiliarias, S.A., lo cual es aceptado a través del Decreto de trámite de la AlcaldÃa de 15 de julio de 2014.

Octavo.- El Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Urbanismo acuerda proponer al Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, la aprobación provisional de la Modificación Puntual del PGOU de Valladolid en el ámbito laderas sur del Sector IA-22 «Parquesol», el cual, en la sesión del celebrada el 7 de mayo de 2015, por mayorÃa absoluta del número legal de miembros, procedió a:

- La aprobación provisional de la modificación del PGOU de Valladolid, en el ámbito laderas sur del sector IA-22 «Parquesol».

- Contestar a los alegantes, estimando parcialmente alguna de las alegaciones.

- Ordenar la remisión del expediente a la ConsejerÃa de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León para su aprobación definitiva.

Dicho expediente tuvo entrada en el Registro Único de las ConsejerÃas de Agricultura y GanaderÃa y Fomento y Medio Ambiente el 15 de junio de 2015.

Por Decreto del Concejal Delegado en materia de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda, de 14 de septiembre de 2015, se inició la tramitación del expediente administrativo para la revocación de la aprobación inicial y provisional de la citada modificación. Sin embargo, tras el trámite de audiencia, en el que la promotora, San José Inmobiliaria, solicita el archivo del expediente de revocación, se procede al archivo de dichas actuaciones con fecha de 7 de marzo de 2017.

Analizada de nuevo la documentación técnica, se emite informe del Servicio de Urbanismo de 13 de junio de 2017 con las observaciones técnicas pertinentes, asà como la advertencia de la falta de ciertos trámites, entre ellos el trámite ambiental.

Noveno.- En cumplimiento de dicha advertencia, el 3 de agosto de 2017 se lleva a cabo consulta a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la ConsejerÃa de Fomento y Medio Ambiente, sobre el trámite ambiental a seguir en la modificación puntual del PGOU de Valladolid, en el ámbito de las laderas sur del Sector IA-22 «Parquesol», a lo que se contesta que procede la evaluación ambiental estratégica simplificada, para lo cual deberá remitir borrador de la modificación, asà como Documento Ambiental Estratégico.

En el seno de dicho procedimiento de evaluación ambiental, se realizaron consultas a las siguientes instituciones:

- Agencia de Protección Civil, que emite informe.

- Dirección General de Patrimonio Cultural, que emite informe.

- Diputación Provincial de Valladolid, que emite informe.

- Confederación Hidrográfica del Duero, que emite informe.

- Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, que emite informe.

- Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental.

- Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

- Colegio Oficial de Arquitectos de Valladolid.

- Confederación Vallisoletana de Empresarios.

- Ecologistas en Acción.

Finalizado el procedimiento, se dicta ORDEN FYM/50/2018, de 15 de enero , por la que se formula el Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid «Laderas Sur de Parquesol» (Valladolid) , promovida por «VÃa Célere Desarrollos Inmobiliarios, S.A.», de acuerdo con el cual «no es probable que vayan a producirse efectos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se atienda a los requerimientos expuestos en el informe de la Confederación Hidrográfica del...

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