ORDEN FYM/706/2018, de 14 de junio, por la que se modifica la Orden FYM/334/2017, de 2 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de redes de acceso de nueva generación en Castilla y León cofinanciados con Fondos FEDER.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden FYM/334/2017, de 2 de mayo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de redes de acceso de nueva generación en Castilla y León cofinanciados con fondos FEDER.

La posterior convocatoria de subvenciones se realizó mediante la Orden de 8 de junio de 2017, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de proyectos de redes de acceso de nueva generación en Castilla y León cofinanciados con fondos FEDER. (Código REAY FMED002).

La experiencia en la gestión de estas subvenciones, aconseja modificar determinados aspectos de la citada orden.

En la modificación que ahora se aprueba, se prevé de manera exclusiva la obligación de relacionarse por medios electrónicos con los solicitantes y beneficiarios de las subvenciones, pues en aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el colectivo al que se dirigen se considera que tiene la suficiente capacidad económica y técnica, aun tratándose de personas físicas en ocasiones, para llevar a cabo de esta manera la tramitación. Mediante esta modificación de la orden de bases se hace uso de la previsión del artículo citado de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que prevé que se pueda establecer por las Administraciones reglamentariamente tal obligación. Conforme a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, el Consejero de Fomento y Medio Ambiente es el competente para la aprobación de las bases reguladoras, que tienen el rango reglamentario preciso para fijar la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración.

Por otro lado, se permite la designación de miembros suplentes en la comisión de valoración.

Adicionalmente se modifica el criterio utilizado para evaluar la solvencia económica del solicitante y la puntuación asignada a los criterios de valoración de los proyectos.

Por último, se da cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, en relación al Documento que Establece las Condiciones de Ayuda (DECA).

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y al amparo de las atribuciones conferidas por el artículo 40 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único Modificación de las Bases Reguladoras.

Modificar el Anexo de la Orden FYM/334/2017, de 2 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de redes de acceso de nueva generación en Castilla y León cofinanciados con fondos FEDER, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el apartado 5 de la Base Cuarta, que queda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR