ORDEN FYM/700/2019, de 12 de julio, por la que se formula el informe ambiental estratégico del estudio de detalle sobre aparcamiento en el antiguo Sector S3-4 de las Normas Urbanísticas Municipales de Guijuelo (Salamanca), promovido por el Ayuntamiento.

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El estudio de detalle sobre aparcamiento en el antiguo Sector S3-4 de las Normas Urbanísticas Municipales de Guijuelo (Salamanca), se encuentra encuadrado en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente Orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del plan o programa.

    El planeamiento vigente en el municipio de Guijuelo son unas Normas Urbanísticas Municipales, en adelante NUM, aprobadas por Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca de 2 de agosto de 2010, y publicadas en el B.O.C. y L. n.º 96, de 22 de mayo de 2012.

    El sector S3-4 cuenta con un plan parcial aprobado definitivamente por Acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca de 27 de junio de 2007 y publicado en el B.O.C. y L. n.º 180, de 14 de septiembre de 2004.

    El presente estudio de detalle tiene por objeto modificar la regulación normativa relativa al uso de aparcamiento de las ordenanzas de equipamiento público (EQ) y viviendas con algún tipo de protección (VUP), en el ámbito del antiguo sector S3-4 de suelo urbanizable de las NUM de Guijuelo.

    Dicho ámbito se encuentra como planeamiento parcialmente asumido e integrado como suelo urbano consolidado en las NUM. Los aspectos que se proponen modificar se encuentran contenidos en los artículos 46, 55 y 58 de las ordenanzas del citado plan parcial del sector S3-4. El estudio de detalle propone reducir el número de plazas de aparcamiento en los equipamientos públicos de la ordenanza EQ, la obligatoriedad de una plaza de aparcamiento por vivienda en la ordenanza de vivienda unifamiliar protegida (VUP) y que no compute como edificabilidad el uso de aparcamiento en la ordenanza VUP.

  2. - Consultas realizadas.

    La Ley de Evaluación...

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