ORDEN FYM/641/2019, de 24 de junio, por la que se formula el informe ambiental estratégico de la Modificación Puntual n.º 8 de las Normas Urbanísticas Municipales de San Justo de la Vega (León), promovida por el Ayuntamiento.

SecciónVI - Anuncios
EmisorUniversidad Salamanca
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual n.º 8 de las Normas Urbanísticas Municipales, NUM, de San Justo de la Vega (León), se encuentra encuadrada en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente Orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción de la modificación puntual.

    El planeamiento urbanístico del municipio de San Justo de la Vega (León) está regulado por unas Normas Urbanísticas Municipales aprobadas según Acuerdo de 3 de marzo de 2003, de la Comisión Territorial de Urbanismo de León, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 208, de 27 de octubre de 2003.

    La modificación puntual n.º 8 de las NUM de San Justo de la Vega (León) tiene por objeto modificar las nomenclaturas de algunas categorías de suelo rústico para su

    correspondencia entre la documentación escrita y gráfica y su adecuación a la legislación urbanística vigente. También se han modificado algunos de los artículos de las Normas Urbanísticas Reguladoras de las NUM que afectan a determinadas categorías de suelo rústico, concretamente de suelo rustico común, suelo rústico de entorno urbano y suelo rústico con protección agropecuaria, respecto a parámetros edificatorios.

    Finalmente, se han adaptado a la legislación vigente las categorías de suelo rústico de las NUM que no lo estaban respecto a los usos, para así actualizar los documentos vigentes a la situación y necesidades reales del municipio y a las determinaciones de la legislación vigente.

    La modificación planteada no contempla la modificación de ningún aspecto de la ordenación general de las NUM vigentes, ni implica un aumento del volumen edificable o del número de viviendas previstas, o de cambios de usos del suelo.

  2. - Consultas realizadas.

    La Ley de Evaluación Ambiental establece en sus artículos 30 y 31 que, previamente a la formulación del informe ambiental estratégico, el...

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