ORDEN FYM/521/2018, de 11 de mayo, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de línea eléctrica aéreo-subterránea a 13,2 kv entre STR-4821 Almenara de Tormes y planta fotovoltaica Zarapicos, en los términos municipales de Almenara de Tormes y Zarapicos (Salamanca), promovido por «Avanzalia Solar, S.L.».

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

La ConsejerÃa de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artÃculo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artÃculo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artÃculo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 9. Otros proyectos, del Anexo I de la citada Ley, en concreto en el apartado a) «Los siguientes proyectos cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad», al encontrarse en su apartado 6.º «LÃneas para la transmisión de energÃa eléctrica cuyo trazado afecte a espacios naturales considerados en este artÃculo con una longitud superior a 3 km, excluidas las que atraviesen zonas urbanizadas».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de LÃnea Eléctrica Aéreo-Subterránea a 13,2 kV entre STR-4821 Almenara de Tormes y Planta Fotovoltaica Zarapicos, en los términos municipales de Almenara de Tormes y Zarapicos (Salamanca), promovido por Avanzalia Solar, S.L., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015,

de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, al promotor, a los interesados, a los Ayuntamientos afectados por el proyecto, y se hará pública en el BoletÃn Oficial de Castilla y León, para general conocimiento.

Valladolid, 11 de mayo de 2018.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE LÍNEA

ELÉCTRICA AÉREO-SUBTERRÁNEA A 13,2 kV ENTRE STR-4821 ALMENARA DE TORMES Y PLANTA FOTOVOLTAICA ZARAPICOS, EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE ALMENARA DE TORMES Y ZARAPICOS (SALAMANCA),

PROMOVIDO POR AVANZALIA SOLAR, S.L.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto evaluado consiste en la construcción de una lÃnea de alta tensión de 13,2 kV que conecte la planta fotovoltaica Zarapicos con la subestación transformadora de Almenara de Tormes (Salamanca). Tendrá una longitud total de 4.613 m lineales, contando con dos tramos subterráneos de una longitud total de 4.430 metros y uno aéreo de 183 metros, con dos apoyos para posibilitar el cruce del rÃo Tormes. El trazado de la lÃnea eléctrica afectará a los términos municipales de Zarapicos y Almenara de Tormes (Salamanca).

Los apoyos estarán constituidos por torres metálicas de celosÃa, de 18 m de altura, con conductor AL-AC tipo 100-A1/S1A o similar (LA-110).

En los tramos subterráneos los cables estarán entubados con conductor AL-RHZ1 de 95 mm de sección.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental contempla cuatro alternativas a la ejecución del proyecto:

* Alternativa 0: No realización de la actuación.

* Alternativa 1: Esta opción de trazado se caracteriza por ser la única alternativa propuesta cuyo trazado discurre exclusivamente en aéreo. Cuenta con una longitud total de 5.467 metros y un total de 44 apoyos. A lo largo de su trazado atraviesa los municipios de Almenara de Tormes, San Pedro del Valle y Zarapicos.

* Alternativa 2: El trazado de esta alternativa presenta una longitud total de 4.436 metros (2.376 metros en aéreo y 2.060 metros en subterráneo), cuenta con un total de 22 apoyos, y discurre por los municipios de Almenara de Tormes y Zarapicos.

* Alternativa 3: En este caso se proyecta un trazado muy semejante al de la alternativa 2 hasta el apoyo n.º 2, es decir subterráneo salvo el cruce del rÃo Tormes donde dadas las condiciones existentes del puente de la carretera DSA-504, se plantea en aéreo. Desde este punto y hasta la planta fotovoltaica existente el trazado de la lÃnea se plantea subterráneo por el dominio público de las carreteras (DSA-504 y DSA-521), camino de Zarapicos y viales urbanos hasta la planta fotovoltaica de titularidad del promotor de la presente actuación.

El trazado de esta lÃnea eléctrica presenta una longitud total de 4.613 metros (183 metros en aéreo y 4.430 metros en subterráneo), contando con un total de dos apoyos para posibilitar el cruce en aéreo del rÃo Tormes.

Tras una valoración semicuantitativa de las alternativas se descarta la alternativa 1 por tratarse de la opción con mayor longitud y más desfavorable, por su mayor afección sobre los hábitat de interés presentes en la zona y sobre los yacimientos arqueológicos situados al norte del casco urbano. Esta alternativa resulta ser también la de mayor impacto sobre la avifauna y sobre el paisaje, al presentar un mayor número de apoyos.

Se descarta asà mismo la alternativa 2 por su afección sobre el paisaje y la avifauna, debido a la mayor longitud del tendido aéreo y consecuentemente precisar de más apoyos que la alternativa 3, afectando también a un mayor número de propietarios y a los usos del suelo que la alternativa seleccionada en mayor medida.

En base a los criterios considerados y con las valoraciones realizadas, se concluye que la alternativa más favorable es la alternativa 3.

El estudio de impacto ambiental realiza un inventario ambiental y una descripción del medio analizando diferentes variables y realizando una caracterización de los impactos tanto en la fase de construcción como en la de explotación y desmantelamiento.

En la fase de construcción de las 70 interacciones valoradas, se han obtenido 2 impactos positivos, 40 no significativos, 25 compatibles y 3 moderados. En cuanto a las acciones con mayor impacto negativo serÃan las expropiaciones y la realización de las cimentaciones de los apoyos de la lÃnea aérea, izado de los apoyos y tendido del cableado eléctrico. Los factores ambientales afectados en mayor medida serÃan el paisaje y la población.

En la fase de funcionamiento, de las 14 interacciones valoradas se han obtenido 2 impactos positivos, 6 no significativos, 4 compatibles y 2 moderados. Los factores ambientales más afectados serÃan el paisaje intrÃnseco y las comunidades faunÃsticas.

Las medidas de adecuación ambiental presentadas en este documento, medidas preventivas y correctoras, se centran sobre los siguientes aspectos:

En la fase de construcción:

* Balizamiento de las obras.

* Gestión de los materiales procedentes de la excavación (apoyos o zanjas).

* Medidas para la protección del sistema hÃdrico, en...

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