ORDEN FYM/470/2016, de 20 de mayo, por la que se concede autorización ambiental para la planta de fabricación de medicamentos y productos farmacéuticos de uso veterinario, ubicada en el término municipal de León, titularidad de 'Laboratorios SYVA, S.A.U.'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Vista la solicitud de autorización ambiental formulada por LABORATORIOS SYVA, S.A.U., para una planta de fabricación de medicamentos y productos farmacéuticos de uso veterinario, ubicada en el término municipal de León y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 4 de noviembre de 2014, de la Delegación Territorial de León, se hace pública la decisión motivada de no sometimiento al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto «Industria Farmacéutica Veterinaria», promovido por LABORATORIOS SYVA, S.A.U., en el término municipal de León. («B.O.C. y L.» n.º 227, de 25 de noviembre de 2014).

Segundo.- Con fecha 15 de abril de 2015, LABORATORIOS SYVA, S.A.U., solicita autorización ambiental para una planta de fabricación de medicamentos y productos farmacéuticos de uso veterinario, ubicada en el Parque Tecnológico de León, parcelas M15 y M16, en el término municipal de León.

Junto con la solicitud, la empresa presenta la siguiente documentación:

* Proyecto básico.

* Resumen no técnico.

* Informe base para la determinación del estado del suelo y las aguas subterráneas.

* Separata de documentación administrativa.

Tercero.- Consta en el proyecto, informe urbanístico del Ayuntamiento de León fecha 7 de agosto de 2014.

Cuarto.- La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, somete al trámite de información pública la solicitud de autorización ambiental, mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 190, de 30 de septiembre de 2015 y expuesto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de León, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.

Quinto.- Concluido el período de información pública, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, solicita informe a los siguientes organismos:

* Servicio Territorial de Medio Ambiente de León.

* Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de León.

* Agencia de Protección Civil.

* Ayuntamiento de León.

* Mancomunidad municipal para el Saneamiento Integral de León y su Alfoz (SALEAL).

El contenido de los informes recibidos se ha tenido en cuenta para la evaluación ambiental del proyecto y en el condicionado ambiental de esta orden.

Sexto.- Con fecha 18 de marzo de 2016, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, tras realizar una evaluación ambiental del proyecto de autorización ambiental, emite informe.

Séptimo.- Con fecha 18 de marzo de 2016 se inicia el trámite de audiencia a los interesados, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.

Octavo.- El 19 de mayo de 2016, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, teniendo en cuenta que no se han recibido alegaciones en el trámite de audiencia, eleva a definitiva la propuesta del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, de conceder autorización ambiental a la planta de fabricación de medicamentos y productos farmacéuticos de uso veterinario, ubicada en el término municipal de León, titularidad de LABORATORIOS SYVA, S.A.U..

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Órgano Administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los apartados A y B.1 del Anexo II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 19.

Segundo.- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 16/2002, de 1 de julio, en el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre (en adelante Reglamento de emisiones industriales) y en el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre (en adelante texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León).

Tercero.- De conformidad con la Ley 16/2002, de 1 de julio, se someterán al régimen de autorización ambiental las instalaciones que se relacionan en su Anejo I. Igualmente se someterán a dicho régimen las recogidas en el Anexo II del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

La Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, modifica, entre otros, al Anejo I de la Ley 16/2002, de modo que amplía el ámbito de aplicación de esta Ley.

La Disposición transitoria segunda de la Ley 16/2002, de 1 de julio, en redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio, en su apartado 2, recoge que «en relación con las instalaciones que lleven a cabo las actividades a las que se refiere el anejo I, en el punto 1.1 para las actividades para una potencia térmica nominal igual a 50 MW, el punto 1.4.b), el punto 3.1.c), los puntos 4.1 a 4.6 para las actividades relativas a producción por procesos biológicos, los puntos 5.1 y 5.2 para las actividades no cubiertas por la Directiva 2008/1/CE, el punto 5.3.c), d) y e), el punto 5.4, los puntos 5.6 y 5.7, el punto 6.3, el punto 9.1.b) para las actividades no cubiertas por la Directiva 2008/1/CE, y los puntos 12.1 y 13.1 que estén en explotación antes de 7 de enero de 2013, los órganos competentes aplicarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas adoptadas de conformidad con esta ley, a partir del 7 de julio de 2015».

El presente proyecto se refiere por un lado, a una instalación existente, en explotación antes de 7 de enero de 2013, que cuenta con las correspondientes licencias municipales cuya actividad se encuentra entre las afectadas por la ampliación del anejo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, y está recogida en la citada Disposición transitoria segunda de la Ley 16/2002, de 1 de julio, en redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio, por lo que le es de aplicación régimen de autorización ambiental y por otro lado a dos instalaciones nuevas, una cuya puesta en marcha será inminente tras la obtención de la autorización ambiental y una tercera que comenzará a funcionar en un plazo aproximado de cuatro años. En concreto, el proyecto está recogido expresamente en el Anejo 1, punto «4.5 Instalaciones químicas que utilicen un procedimiento químico o biológico para la fabricación de medicamentos, incluidos los productos intermedios», de la Ley 16/2002, de 1 de julio.

Por cuanto ha quedado expuesto, la presente autorización ambiental se otorga de acuerdo con lo recogido en la citada Disposición Transitoria Segunda a los efectos establecidos en la misma.

VISTOS

Los antecedentes de hecho mencionados, la normativa relacionada en los fundamentos de derecho y las demás normas que resulten de aplicación,

RESUELVO

Primero.- Conceder autorización ambiental a la planta de fabricación de medicamentos y productos farmacéuticos de uso veterinario, ubicada en el Parque Tecnológico de León, parcelas M15 y M16, en el término municipal de León, titularidad de LABORATORIOS SYVA, S.A.U.

La autorización ambiental integra:

- Las prescripciones en materia de prevención, vigilancia y reducción de la contaminación atmosférica, de acuerdo con la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera.

- Las prescripciones para prevenir, reducir y vigilar la contaminación acústica, de acuerdo con la Ley 5/2009, de 4 de junio.

- Las prescripciones para regular la producción y gestión de los residuos, y el régimen jurídico de los suelos contaminados, de acuerdo con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

- Las prescripciones relativas al vertido de aguas residuales a la red general de saneamiento del Ayuntamiento de León, según las prescripciones de la Mancomunidad para el Saneamiento Integral de León y su Alfoz (SALEAL).

Segundo.- Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa medioambiental que resulten de aplicación y de las prescripciones técnicas que se recogen en los Anexos que se relacionan, con independencia del cumplimiento del resto de la normativa sectorial.

Los Anexos, que a todos los efectos formarán parte de la presente orden, son los siguientes:

- Anexo I - Descripción de la instalación.

- Anexo II - Condicionado Ambiental.

Tercero.- A partir de la notificación de esta autorización, el titular de la instalación dispondrá de un plazo de 6 meses para comunicar el inicio de la actividad existente, y de un plazo de 5 años para iniciar la actividad objeto de ampliación, en las condiciones establecidas en esta autorización. La comunicación se realizará mediante la presentación de una declaración responsable conforme a lo dispuesto en los artículos 38 y 39 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León y conforme a lo previsto en el artículo 12 del Reglamento de emisiones industriales.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición según lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 20 de mayo de 2016.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

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