ORDEN FYM/4/2020, de 7 de enero, por la que se dicta la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de explotación de recursos de la Sección C), yeso y anhidrita, denominado «Cueva Cardiel» n.º 4.358-I, en el término municipal de Valle de Oca (Burgos), promovido por «Aplicaciones Minerales, S.A.».

SecciónVI - Anuncios
Rango de LeyOrden

El titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El proyecto de referencia se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, al estar incluido en el Grupo 2. Industria extractiva, del Anexo I de la citada Ley, en concreto en el apartado a) Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y normativa complementaria, al encontrarse en la circunstancia 1.ª «Explotaciones en las que la superficie de terreno afectado supere las 25 ha», circunstancia 2.ª «Explotaciones que tengan un movimiento total de tierras superior a 200.000 metros cúbicos anuales», circunstancia 5.ª «Explotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales, espacios naturales protegidos, núcleos urbanos superiores a 1.000 habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 km de tales núcleos» y circunstancia 7.ª «Extracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 km de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones anexas de cualquier explotación o concesión minera a cielo abierto existente». «En todos los apartados de este grupo se incluyen las instalaciones y estructuras necesarias para la extracción, tratamiento, almacenamiento, aprovechamiento y transporte del mineral, acopios de estériles, balsas, así como las líneas eléctricas, abastecimientos de agua y su depuración y caminos de acceso nuevos».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Burgos, y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

Viernes, 17 de enero de 2020

RESUELVO

Dictar la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de explotación de recursos de la sección C), yeso y anhidrita, denominada «Cueva Cardiel» n.º 4.358-I, en el término municipal de Valle de Oca (Burgos), promovido por Aplicaciones Minerales, S.A., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se publicará, al menos, en el Boletín Oficial de Castilla y León. Dicha publicación se comunicará a los interesados y al Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el proyecto. Asimismo se notificará al promotor y se remitirá al órgano que haya de dictar la resolución administrativa de autorización o aprobación del proyecto y, en su caso, al que tramite el procedimiento de autorización ambiental.

Valladolid, 7 de enero de 2020.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN DE RECURSOS DE LA SECCIÓN C), YESO Y ANHIDRITA, DENOMINADO «CUEVA CARDIEL» N.º 4.358-I, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VALLE DE OCA (BURGOS),

PROMOVIDO POR APLICACIONES MINERALES, S.A.

ANTECEDENTES

El proyecto se desarrolla en la concesión de explotación denominada «Cueva Cardiel» n.º 4.358-I formada por 25 cuadrículas mineras y cuyo otorgamiento se realizó el 4 de julio de 1991 para un período de 30 años.

La empresa Aplicaciones Minerales, S.A. se encuentra autorizada mediante Resolución de 15 de octubre de 2019 de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, para realizar operaciones de tratamiento de residuos en la instalación ubicada en el paraje Fuente Herrero de la localidad de Cueva Cardiel, del municipio de Valle de Oca (Burgos).

En la actualidad el promotor pretende la prórroga de la concesión de explotación denominada «Cueva Cardiel» n.º 4.358-I, por un período de otros 30 años y su proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental por encontrarse dentro de los supuestos sometidos a dicho procedimiento.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto tiene por objeto la extracción y beneficio de yeso y anhidrita (sulfato de calcio anhidro, CaSO 4 ), cuyo aprovechamiento mineral viene regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

La documentación aportada por el promotor para su estudio y evaluación es la siguiente:

- Estudio de impacto ambiental de la renovación de la concesión de explotación denominada «Cueva Cardiel I» n.º 4.358-I. Documento inicial del proyecto. Diciembre de 2015.

- Proyecto de explotación para la solicitud de prórroga de la C.E. «Cueva Cardiel I» n.º 4.358, de mayo de 2018.

- Proyecto para la validación y ampliación de las escombreras y plan de restauración de la C.E. «Cueva Cardiel I» n.º 4.358, de mayo de 2018.

- Estudio de impacto ambiental del proyecto de explotación para la solicitud de prórroga de la C.E. «Cueva Cardiel I» n.º 4.358, de mayo de 2018.

- Anexo al estudio de impacto ambiental: Análisis de riesgos graves y catástrofes, de 11 de abril de 2019.

La delimitación de la concesión ocupa 25 cuadrículas mineras encontrándose reflejadas en el proyecto de explotación, mediante la poligonal constituida por 6 vértices, establecidos tanto en coordenadas geográficas como en UTM, y que figuran en los planos n.º 2.1: «Topográfico y demarcación coordenadas geográficas (Datum ED50)» y n.º 2.2: «Topográfico y demarcación coordenadas UTM (Datum ETRS89)», del citado proyecto.

La explotación «Cueva Cardiel I» n.º 4.358-I, se encuentra situada en la localidad de Cueva Cardiel del término municipal de Valle de Oca (Burgos), distando 35 km de Burgos capital.

Para acceder desde Burgos a la explotación se pueden utilizar dos carreteras nacionales (N-I dirección Irún, y N-120 dirección Santo Domingo de la Calzada), ambas comunicadas por la carretera comarcal BU-703 que es la vía de conexión a la explotación. Para poder llegar a la explotación, a la altura de Cueva Cardiel, y en dirección noreste, parte un camino de concentración parcelaria y, a 800 metros, cambiando de dirección sureste se da acceso a las instalaciones mineras.

El método de explotación será el de minería a cielo abierto sin afectar el nivel freático, con transferencia por relleno del hueco, y la ejecución de avance en un frente en bancos descendentes mediante talud forzado, arranque mediante voladuras con utilización de explosivos y empleo de retroexcavadora, pala y carga sobre dumper hacia la planta de beneficio ubicada en la explotación.

Este proyecto es continuación del ya existente procediéndose a su actualización y ampliación de superficie de explotación. Se utilizarán las instalaciones y planta de beneficio que ya tiene en funcionamiento en cuanto a su proceso productivo.

Los parámetros geométricos del proyecto de explotación para el diseño del hueco de extracción se resumen en los siguientes:

* Altura de banco: 15 - 20 m.

* Plataforma mínima de trabajo: 30 m.

* Berma mínima de abandono: 7 - 8,5 m.

* Anchura de pistas: 13 m.

* Sobreancho en las curvas: 0,7 m.

* Peralte en curvas: 5,5 - 6%.

* Ángulo de cara de banco: 78º.

* Ángulo talud final: 68º.

La explotación diseña la ampliación de superficie del proyecto sobre parcelas ubicadas en la zona noreste, sobre una superficie aproximada de 17,5 ha, a las que habrá que sumar las aproximadamente 10 hectáreas actualmente ocupadas por la explotación.

Debido al proceso de relleno de hueco, se generará en el interior de la explotación un depósito de estériles procedente de la explotación y del proceso productivo que se realizará conforme se desarrolle el aprovechamiento, y con la misma dirección de avance (suroeste-noreste).

En aplicación al Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, el promotor realiza en su proyecto la clasificación y caracterización del residuo minero, indicando y estableciendo la naturaleza no metálica del recurso, lo

que permite clasificar el residuo producido en esta actividad como residuo con código LER 01 04 08 «Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los mencionados en el código LER 01 04 07» . El tipo de materiales a partir de los cuales se produciría el residuo son «Rocas sedimentarias detríticas y mixtas-margas». Por lo tanto, en su análisis concluye que se trataría de un residuo inerte.

Se proyecta la ejecución de dos escombreras, la correspondiente al relleno del hueco de explotación (denominada en el proyecto Relleno n.º 1), propone la continuidad mediante transferencia de estériles al hueco, adaptando una geometría con taludes 2H:1V, cuyas alturas máximas no superarán los 20 m, retranqueándose su pie un mínimo de 8 m del borde de la plataforma sobre la que se desarrolla. La configuración final de este Relleno n.º 1 de estériles se desarrolla mediante la disposición de un máximo de 4 plataformas o tongadas. El ángulo final de talud global de esta escombrera se sitúa en los 18º. Cabe señalar que el inicio se desarrollará a partir del nivel basal de la actual escombrera, situado a la cota 845 m. De esta forma se procederá al recrecido, posibilitando el reperfilado de sus taludes. El volumen de...

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