ORDEN FYM/366/2017, de 11 de mayo, por la que se aprueban definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales de Zaratán (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

VISTO el expediente sobre la aprobación de las Normas Urbanísticas Municipales de Zaratán (Valladolid), los siguientes son sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Término Municipal de Zaratán fue ordenado por unas Normas Urbanísticas Municipales (en adelante NUM) aprobadas parcialmente, sólo para lo relativo al suelo urbano mediante Acuerdo de 28 de noviembre de 2006 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid («B.O.C. y L.» n.º 50, de 12 de marzo de 2007), quedando suspendido para el resto. Por Acuerdo de 30 de octubre de 2007 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid se aprobaron definitivamente las Normas Urbanísticas Municipales de Zaratán para el resto del suelo.

Por Sentencia de 4 de abril de 2012 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (en adelante TSJCyL), se anuló el segundo acuerdo citado sobre las Normas Urbanísticas Municipales, por lo que, en cuanto al suelo urbano, la regulación se remonta a lo aprobado el 28 de noviembre de 2006, mientras que para la regulación del resto del suelo, para evitar un vacío normativo revive la normativa anterior, que son las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal (NSM) de Zaratán, aprobadas por Acuerdo de 1 de julio de 1999, de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid («B.O.C. y L.» n.º 160, de 19 de agosto de 1999) que, en el marco definido por el actual Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (en adelante LUCyL), por el Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (en adelante RUCyL) y las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de Valladolid y Entorno (DOTVaENT), aprobadas por Decreto 206/2001, de 2 de agosto, configuran el régimen urbanístico de aplicación en dicho municipio.

Segundo.- El objeto de este instrumento urbanístico es establecer el régimen urbanístico de todo el término municipal tras varias anulaciones judiciales. Por lo que, por un lado sustituirían a las Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobadas por Acuerdo de la entonces Comisión Provincial de Urbanismo de Valladolid de 1 de julio de 1999, y por otro, supone una modificación del Acuerdo de 28 de noviembre de 2006, de la entonces Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, en lo relativo al suelo urbano. Es decir, supone una verdadera reordenación y regularización urbanística de dicho término municipal y no una mera modificación de las NUM existentes.

Tercero.- Por Decreto de la Alcaldía de Zaratán de 30 de octubre de 2014, se inicia la tramitación de las NUM de Zaratán. Para ello, el 31 de octubre de 2014, a fin de iniciar el procedimiento de evaluación ambiental, el Ayuntamiento de Zaratán remite al Servicio de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, un Avance o Documento de Inicio, solicitando la emisión de un Documento de Referencia por parte de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Para ello, desde dicho servicio se procede a realizar una serie de consultas, tanto a las Administraciones públicas afectadas, como al público interesado, a fin de que formulen aquellas sugerencias, que deberían ser tenidas en cuenta para la propuesta de las NUM y del Informe de Sostenibilidad Ambiental (en adelante ISA). En consecuencia, dicho Documento de Inicio fue remitido a:

* Consejería de Agricultura y Ganadería.

* Agencia de Protección Civil.

* Dirección General de Patrimonio Cultural.

* Confederación Hidrográfica del Duero.

* Delegación del Gobierno en Castilla y León.

* Universidad de Valladolid.

* Cámara de Comercio e Industria de Valladolid.

* UGT Castilla y León.

* Unión de Campesinos de Castilla y León. Sección Valladolid (UCCL).

* Ecologistas en Acción Valladolid.

* Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

El resultado de dichas consultas fue tenido en cuenta para la elaboración de un Documento de Referencia, que fue aprobado por Orden FYM/1152/2014, de 15 de diciembre, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental de las Normas Urbanísticas Municipales («B.O.C. y L.» n.º 2, de 15 de enero de 2015).

Cuarto.- El documento es sometido a los preceptivos informes, que tienen entrada en las fechas que se señalan:

* Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo (4 de noviembre de 2015).

* Subdelegación del Gobierno en Valladolid:

- Dependencia de Industria y Energía (18 de febrero de 2015).

- Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la sociedad de la información (5 de marzo de 2015).

- Ministerio de Fomento. Dirección General de Aviación Civil (18 de febrero de 2015).

- Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental (21 de mayo de 2015 y 26 de septiembre de 2016).

* Diputación Provincial de Valladolid (20 de febrero de 2015).

* Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid (10 de junio de 2015).

* Servicio Territorial de Fomento (13 de febrero de 2015).

* Comisión Territorial de Patrimonio Cultural (21 de abril de 2015).

* Agencia de Protección Civil (18 de febrero de 2015).

* Confederación Hidrográfica del Duero (30 de marzo y 26 de mayo de 2015).

* Ecologistas en Acción (12 de junio de 2015).

* UCCL (5 de mayo de 2015).

* Cámara de Comercio e Industria de Valladolid (20 de abril de 2015).

* Universidad de Valladolid (22 de mayo de 2015).

* UGT Castilla y León (9 de abril de 2015).

Quinto.- La Comisión Informativa de Urbanismo y Obras del Ayuntamiento de Zaratán, en sesión celebrada el 6 de febrero de 2015, dictaminó favorablemente a la aprobación inicial de las NUM de Zaratán así como al Informe de Sostenibilidad Ambiental.

Con fecha 12 de febrero de 2015, el Pleno del Ayuntamiento de Zaratán, a propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo y Obras, acordó, por mayoría absoluta de sus miembros, aprobar inicialmente las NUM de Zaratán, así como la apertura de un período de información pública de dos meses.

Se abre, por tanto, un período de información pública por el plazo de dos meses, con inserción de anuncios en el periódico de ámbito local «El Día de Valladolid» , el 13 de febrero de 2015, en el «B.O.C. y L.» n.º 33, de 18 de febrero de 2015, en la página Web municipal y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento desde el 19 de febrero hasta el 20 de abril de 2015.

Presenta alegación D. Jesús María Vegas Hernández, portavoz del Grupo Municipal Socialista, que es desestimada por considerar que habla de conceptos que no son objeto de la modificación tramitada.

Con fecha de 24 de julio de 2015, se envía al Servicio de Evaluación Ambiental de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental el ISA, para que, a la vista del mismo, proceda a la elaboración de la Memoria Ambiental. Ésta es firmada por el Consejero de Fomento y Medio Ambiente el 3 de septiembre de 2015. Con su emisión queda cumplimentado el trámite ambiental preceptivo.

Tras la emisión de la Memoria Ambiental y tras las modificaciones efectuadas al amparo de los informes sectoriales remitidos, se considera que ha habido modificaciones sustanciales en el documento sometido a aprobación inicial, por lo que se procede a someter al documento a una segunda aprobación inicial. Esta segunda aprobación inicial se efectuó por mayoría absoluta en la sesión ordinaria del Pleno de la corporación, celebrada el 27 de octubre de 2015, en la que se acuerda también la apertura de un período de información

pública de un mes. Para ello se procede a la inserción de anuncios en el periódico de ámbito local «El Día de Valladolid», el 10 de noviembre de 2015, en el «B.O.C. y L.» n.º 220, de 13 de noviembre de 2015, en la página Web municipal y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento.

Durante dicho período presenta alegación D. Javier Gutiérrez Hurtado en nombre de

Ecologistas en Acción, alegación que es estimada parcialmente.

Sexto.- Con fecha de 21 de diciembre de 2015, el Pleno del Ayuntamiento de Zaratán, a propuesta de la Comisión Informativa de Urbanismo y Obras, acordó, por mayoría absoluta aprobar provisionalmente el proyecto de las NUM de Zaratán.

Con fecha 7 de enero de 2016 tiene entrada en el Registro Único de las Consejerías de Agricultura y Ganadería, y Fomento y Medio Ambiente la documentación relativa al proyecto de Normas Urbanísticas Municipales del Zaratán que incluye:

* Certificado del Secretario del Ayuntamiento de Aprobación Provisional en el Pleno de 21 de diciembre de 2016.

* Documento de Aprobación Inicial.

* Documento de Segunda Aprobación Inicial.

* Documento de Aprobación Provisional por triplicado en papel y su correspondiente soporte digital.

* Copia del Expediente Administrativo de la tramitación municipal.

El Consejo de Medio Ambiente Urbanismo y Ordenación del Territorio de Castilla y León que, reunido en sesión celebrada el 17 de febrero de 2016, acordó no informar favorablemente la aprobación definitiva de las Normas Urbanísticas Municipales de Zaratán, hasta que no se hayan corregido las observaciones realizadas, de acuerdo con los informes jurídico de 5 de febrero de 2016 y técnico de 17 de febrero de 2016 del servicio de Urbanismo.

Séptimo.- Con motivo de las modificaciones introducidas a raíz de dichas observaciones, se aprueba un nuevo documento en sesión del Pleno celebrada el 21 de julio de 2016, en el que también se acuerda la apertura de un nuevo período de información pública de un mes. Para ello se procede a la inserción de anuncios en el periódico de ámbito local «El Día de Valladolid», el 26 de julio de 2016, en el «B.O.C. y L.» n.º 146, de 29 de julio de 2016, en la página Web municipal www.zaratan.es y en el Tablón de edictos del Ayuntamiento. Durante dicho período han presentado alegaciones D. Javier Gutiérrez Hurtado, en nombre y representación de Ecologistas en Acción de Valladolid. Ya fuera de plazo, también presenta alegación D.ª Covadonga...

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