ORDEN FYM/297/2015, de 1 de abril, por la que se aprueba definitivamente la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Palencia en los ámbitos que no fueron aprobados en la Orden FOM/1848/2008, de 16 de octubre, identificados como PERI-3 Ferrocarril y Sectores SUZ-13-R y SUZND-3-R.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

VISTO el expediente relativo a la aprobación definitiva de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana -PGOU- de Palencia, del cual son los siguientes sus:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El Término Municipal de Palencia se encuentra ordenado por un PGOU, cuya revisión y adaptación a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León -LUCyL- y al Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo -RUCyL-, fue aprobada definitivamente por Orden FOM/410/2008, de 13 de marzo, que aprobó la revisión en relación a los bloques n.º 2, 4 y 6 de la calle Gaspar Arroyo de Palencia, y posteriormente mediante la Orden FOM/1848/2008 de 16 de octubre, que aprobó de forma parcial la revisión del PGOU de Palencia, manteniendo la suspensión de la aprobación definitiva de la Revisión del PGOU de Palencia, acordada por la Orden FOM/1359/2007, de 20 de agosto, en lo relativo a los ámbitos identificados como PERI-3 Ferrocarril y Sectores SUZ-13-R y SUZND-3-R.

Con fecha de 21 de diciembre se dicta la Orden FYM/1159/2012, por la que se modifica la Orden FOM/410/2008, de 13 de marzo, sobre la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Palencia en lo relativo a la suspensión de los ámbitos PERI 3 Ferrocarril, Sectores SUZ-13-R y SUZND-3-R, en ejecución de Sentencia n.º 1145 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el recurso n.º 10/2009. Mediante esta orden se establece un plazo para la subsanación de deficiencias que habían motivado la suspensión de los tres ámbitos citados.

Mediante la Orden FYM/533/2013 de 10 de junio de 2013, se aprueba definitivamente la Modificación Puntual n.º 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Palencia, en el URPI-7 y parcelas de Sistemas Generales SG-3 y SG-4, ampliación de Seda Soluble, S.A. y Hospital Río Carrión.

Por tanto, el PGOU aprobado parcialmente, en el marco definido por el RD Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, la LUCyL y el RUCyL, configuran el régimen urbanístico de aplicación en dicho municipio.

Segundo.- La Orden FYM/1159/2012 de 21 de diciembre, para la ejecución de la Sentencia citada, se notificó con fecha de 21 de enero de 2013 al Ayuntamiento

de Palencia para que en el plazo de tres meses desde su recepción aportara nueva documentación subsanatoria en cumplimiento de lo indicado en el Fundamento IV de la Orden FOM/1848/2008 de16 de octubre, a fin de poder levantar la suspensión.

Con fecha de 12 de abril de 2013, el Ayuntamiento comunica a la Consejería que:

* Respecto de los sectores SUZ-13-R y SUZND-3-R se señala que en estos momentos no se dispone de nueva documentación a aportar en cumplimiento de la citada Orden.

* En relación al PERI 3 FERROCARRIL se advierte que se han efectuado actuaciones, solicitando la ampliación del plazo concedido para aportar la documentación precisa para el levantamiento de la suspensión en dicho ámbito.

La ampliación de plazo solicitada para presentar la documentación fue resuelta mediante Orden de 19 de abril de 2013 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se amplía el plazo establecido en la Orden FYM/1159/2012 de 21 de diciembre; la ampliación acordada fue de 1 mes y medio más, que empezó a contarse a partir del 22 de abril de 2013, respecto del ámbito PERI 3 FERROCARRIL.

El 24 de abril de 2013, el Director General efectúa una advertencia de caducidad de los sectores SUZ-13-R y SUNZD-3-R, señalando que «transcurridos TRES MESES desde este requerimiento sin que se realicen las actuaciones necesarias para reanudar la tramitación del expediente, se producirá su caducidad y se acordará el archivo de las actuaciones, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 92 y 42.1 párrafo 2.º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.- Con fecha de 30 de octubre de 2013 se recibe un «Documento para el levantamiento de la suspensión de la aprobación definitiva de la Revisión del PGOU de Palencia», elaborado por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias de España del Ministerio de Fomento -ADIF-. Este documento es informado desfavorablemente por la Dirección...

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