ORDEN FYM/214/2015, de 12 de marzo, por la que se modifica la Orden FYM/949/2012, de 22 de octubre, de modificación sustancial 1, para la coincineración de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento, ubicada en el término municipal de La Robla (León), titularidad de Cementos Tudela Veguín, S.A., como consecuencia de la modificación no sustancial n.º 4.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Visto el escrito presentado por CEMENTOS TUDELA VEGUÍN, S.A., comunicando el proyecto de «instalación de una planta de hormigón», en la instalación de fabricación de cemento y Clinker, ubicada en el término municipal de La Robla (León), y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La instalación de fabricación de cemento y Clinker, ubicada en el término municipal de La Robla (León), titularidad de Cementos Tudela Veguín, S.A., se encuentra en funcionamiento afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental.

* Orden FYM/949/2012, de 22 de octubre, relativa a la solicitud de modificación sustancial 1 formulada por la empresa Cementos Tudela Veguín, S.A., para la coincineración de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento, en el término municipal de La Robla (León). («B.O.C. y L.» n.º 221, de 16 de noviembre de 2012).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

* ORDEN FYM/134/2015, de 17 de febrero, por la que se declara que procede iniciar la actividad de coincineración de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento ubicada en el término municipal de La Robla (León), titularidad de Cementos Tudela Veguín, S.A. («B.O.C. y L.» n.º 4 de marzo de 2015).

Segundo.- Con fecha 3 de octubre de 2014, tiene entrada, en el registro único de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, notificación de Cementos Tudela Veguín, S.A., de modificación no sustancial (MNS N.º 4), para el proyecto de «Instalación de una planta de hormigón». Además la empresa propone un calendario de disminución gradual de los valores límite de emisión de SO 2 y de partículas hasta el año 2017.

Tercero.- Vista la documentación, con fecha 10 de marzo de 2015, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que la instalación de una planta de hormigón supone modificación de la citada Orden FYM/949/2012, de 22 de octubre, relativa a la solicitud de modificación sustancial 1, en atención a los criterios señalados en el apartado 4, del artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y a lo establecido en el artículo 14, apartado 1, del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.

Cuarto.- Con fecha 11 de marzo de 2015, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, formula al Consejero de Fomento y Medio Ambiente, propuesta de modificación de la Orden FYM/949/2012, de 22 de octubre, de modificación sustancial 1, para la coincineración de residuos no peligrosos (más de 100 toneladas/día) en la instalación de fabricación de clinker y cemento, ubicada en el término municipal de La Robla (León), titularidad de Cementos Tudela Veguín, S.A., como consecuencia de la modificación no sustancial n.º 4.

Los Antecedentes de Hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Órgano Administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los...

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