ORDEN FYM/208/2016, de 8 de marzo, por la que se formula el Informe Ambiental Estratégico del Plan Parcial en Suelo Urbanizable Sector n.º 2. 'Coronas II', de las Normas Urbanísticas Municipales de Valoria la Buena (Valladolid).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en su artículo 6.2, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que el plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El Plan Parcial propuesto se encuentra encuadrado en el artículo 6.2 de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

El citado artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de evaluación ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción del Plan Parcial.

    Las Normas Urbanísticas Municipales NUM de Valoria la Buena fueron aprobadas de forma definitiva por Acuerdo de 29 de mayo de 2007 de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valladolid, publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 121, de 22 de junio de 2007.

    El presente Plan Parcial tiene como finalidad el establecer la ordenación detallada de la totalidad del sector N.º 2. «Coronas II» de Valoria la Buena, clasificado como suelo urbanizable de uso global residencial según las NUM de Valoria la Buena, para su

    posterior gestión y urbanización de acuerdo con las determinaciones del planeamiento y la legislación vigente.

    El área objeto de planeamiento, situada al norte del núcleo urbano de Valoria la Buena tiene una superficie de 24.946,36 m 2 , de la que el 4,45% es de propiedad municipal mientras que el 95,55% restante pertenece a particulares. Con la ordenación detallada del sector se pretenden desarrollar dos tipologías residenciales: Una destinada a la construcción de 21 viviendas unifamiliares en hilera y una segunda de 31 viviendas unifamiliares aisladas o pareadas. Además se destinan diversas superficies a viario, espacios libres públicos, equipamientos públicos y servicios urbanos.

  2. - Consultas realizadas.

    La Ley de Evaluación Ambiental establece, en sus artículos 30 y 31, que previamente a la formulación del informe ambiental estratégico, el órgano ambiental realice consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, orientadas a conocer si el plan o programa evaluado puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

    Se han realizado consultas a:

    - Dirección General de Patrimonio Cultural, que emite informe.

    - Agencia de Protección Civil, que emite...

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