ORDEN FYM/181/2015, de 26 de febrero, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental para la planta de recuperación de plomo por segunda fusión a partir de baterías y otros subproductos con contenido en plomo y el vertedero de escorias (Fase I) ubicados en el término municipal de San Esteban de Gormaz (Soria), titularidad de Exide Technologies S.L.U. como consecuencia de la Modificación No Sustancial 7 (MNS n.º 7).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de EXIDE TECHNOLOGIES S.L.U. de modificación no sustancial de la planta de recuperación de plomo por segunda fusión a partir de baterías y otros subproductos con contenido en plomo ubicada en el término municipal de San Esteban de Gormaz (Soria) y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- La planta de recuperación de plomo por segunda fusión a partir de baterías y otros subproductos con contenido en plomo, situada en el término municipal de San Esteban de Gormaz (Soria), titularidad de EXIDE TECHNOLOGIES S.L.U., se encuentra en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 30 de diciembre de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental a la empresa EXIDE TECHNOLOGIES, S.A., para la planta de recuperación de plomo por segunda fusión a partir de baterías y otros subproductos con contenido en plomo y el vertedero de escorias (fase I), ubicada en el término municipal de San Esteban de Gormaz (Soria). («B.O.C. y L.» n.º 30, de 13 de febrero de 2009).

* Orden de 18 marzo de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización de inicio de actividad a EXIDE TECHNOLOGIES, S.A. para la planta de recuperación de plomo por segunda fusión ubicada en el término municipal de San Esteban de Gormaz (Soria).

* Orden de 4 de febrero de 2011, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se autorizan dos modificaciones no sustanciales en las instalaciones de recuperación de plomo de EXIDE TECHNOLOGIES S.A. en San Esteban de Gormaz (Soria) y se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a esa empresa. («B.O.C. y L.» n.º 44, de 4 de marzo de 2011).

* Orden de 14 de octubre de 2011 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial la inclusión de dos códigos LER en los listados de residuos gestionados y de residuos producidos respectivamente, en las instalaciones de recuperación de plomo de EXIDE TECHNOLOGIES S.A. en San Esteban de Gormaz (Soria) y se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a esa empresa. («B.O.C. y L.» n.º 222, de 17 de noviembre de 2011).

* Resolución de 14 de febrero de 2013, de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental por la que se hace público el cambio de titularidad de las autorizaciones ambientales concedidas a EXIDE TECHNOLOGIES S.A. en favor de EXIDE TECHNOLOGIES S.L.U. («B.O.C. y L.» n.º 40, de 27 de febrero de 2013).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

Segundo .- Con fecha 22 de julio de 2014, EXIDE TECHNOLOGIES S.L.U. notifica a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, una modificación no sustancial (MNS N.º 7) de la autorización...

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