ORDEN FYM/172/2017, de 28 de febrero, por la que se formula el Informe Ambiental Estratégico de la Modificación Puntual n.º 2 calle Huertas n.º 20 de las Normas Urbanísticas Municipales de Santibáñez de Béjar (Salamanca).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, recoge en su artículo 6.2 los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada, a los efectos de poder determinar que dichos planes y programas no tendrán efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien que los mismos deben someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque podrían tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

La modificación puntual n.º 2 de las Normas Urbanísticas Municipales (NUM) de Santibáñez de Béjar (Salamanca) se encuentra encuadrada en el citado artículo 6.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.

Dicho artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el Anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificaciones menores los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es competente para dictar la presente orden de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional segunda del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

  1. - Objeto y descripción de la modificación puntual.

    Las NUM de Santibáñez de Béjar fueron aprobadas definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo de Salamanca por acuerdo de 29 de abril de 2011, publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 163 de 24 de agosto de 2011.

    La parcela catastral 8849901TK7884N0002L, objeto de la modificación puntual, se localiza en el borde sureste del casco urbano de Santibáñez de Béjar, siendo su superficie total de 2.532,20 m 2 , de los cuales 778,75 m 2 están situados en la zona norte, con acceso

    al n.º 20 de la calle Huertas, clasificados como suelo urbano residencial, mientras que los terrenos restantes, 1.753,45 m 2 , situados en la zona sur, lo están como suelo rústico con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR