ORDEN FYM/149/2016, de 19 de febrero, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto 'Gravera El Carnizalejo', ubicado en el término municipal de Velamazán (Soria), promovido por 'Nivelaciones y Desmontes Esama, S.L.'.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 11.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Este proyecto se somete a evaluación de impacto ambiental ordinaria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 49.1 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León y en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, por estar incluido en su Anexo I, Grupo 2, Industria extractiva, letra a) Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D, cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, estando dentro de la circunstancia 7 «Extracciones que, aun no cumpliendo ninguna de las condiciones anteriores, se sitúen a menos de 5 kilómetros de los límites del área que se prevea afectar por el laboreo y las instalaciones anexas de cualquier explotación o concesión minera a cielo abierto existente».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de Declaración de Impacto Ambiental elaborada por la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Soria y a iniciativa de la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental,

RESUELVO

Dictar la Declaración de Impacto Ambiental sobre el Proyecto «Gravera el Carnizalejo», ubicado en el término municipal de Velamazán (Soria), promovido por Nivelaciones y Desmontes Esama, S.L., que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, esta declaración de impacto ambiental se notificará al promotor y se remitirá al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización o aprobación, y se hará pública, al menos, en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Dicha publicación se comunicará a los interesados y al Ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el proyecto.

Valladolid, 19 de febrero de 2016.

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: J uan C arlos s uárez -Q uiñones F ernández

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO «GRAVERA

EL CARNIZALEJO», UBICADO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VELAMAZÁN (SORIA), PROMOVIDO POR NIVELACIONES Y DESMONTES ESAMA, S.L.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

La explotación se localiza en la parcela 20575 del polígono 1, en el paraje Carnizalejo del término municipal de Velamazán (Soria). Esta parcela es propiedad de la Junta de Castilla y León, quien autoriza a la empresa explotadora la extracción de áridos para la construcción de caminos de la Concentración Parcelaria del Canal de Almazán.

La superficie afectada por la explotación es de 3,258 ha y el volumen total a extraer 57.432 m 3 , siendo la producción de 47,754 m 3 /año y un año el tiempo de explotación prevista.

A las fincas se accede a través del camino agrícola que parte hacia el sur desde la carretera CL-116 a la altura del Km. 33,250. La distancia al municipio más próximo es de 2700 m a Velamazán y la explotación minera más próxima se encuentra a 25 m, la Quebrada IV.

La parcela se ubica en una zona llana, situada al sur del Duero, en fincas de uso agrícola y sin una exposición definida. El conjunto del paisaje es una llanura de fincas agrícolas que se enmarcan entre el bosque galería del río Duero al norte y las laderas con pastizales y algún bosquete al sur.

Como ejes definitorios de la zona se encuentran tres elementos lineales, que son la carretera autonómica CL-116, la línea férrea Valladolid-Ariza, hoy abandonada y el Canal de Almazán. Los dos primeros discurren paralelos al norte de la explotación, mientras que el canal tiene un recorrido más sinuoso al sur de la gravera.

Las parcelas se clasifican en las Normas Subsidiarias Provinciales de Planeamiento Municipal con ámbito Provincial de Soria, aprobadas definitivamente el 4 de julio de 1991, como Suelo No Urbanizable de Regulación Básica equivalente a suelo Rústico Común.

Los materiales a extraer son materiales terciarios. La explotación se realizará a roza abierta con una longitud total de un frente de 200 m y una altura de media de 2 m. El arranque del material se efectuará por medios mecánicos mediante pala excavadora o retroexcavadora, la carga se trasportará hasta los lugares de empleo, principalmente como capa base para la formación de firme de los caminos agrícolas de la concentración parcelaria del Canal de Almazán.

Como la altura máxima del banco prevista es de 2,5 m no se crearán bermas; a medida que se van alcanzando los límites de la explotación, las plataformas de trabajo se perfilarán como bermas residuales de entre 2 y 4 m de anchura.

Las pistas se desarrollarán dentro del hueco de la explotación de modo que queden integradas en los correspondientes bancos de trabajo. El carácter de las mismas es temporal y por tanto se irán conformando según avancen las labores de explotación.

Se establecerá un perímetro de protección a infraestructuras, caminos y fincas colindantes de 4 m y siempre se trabajará fuera de los límites de la línea de alta tensión.

Otras actuaciones previstas son: Mejorar y ampliar la anchura de los caminos de acceso a la zona de la explotación para que puedan soportar el paso continuo de los camiones de áridos y, para evitar el acceso a la explotación de las aguas de escorrentía superficial, se construirán cunetas de guarda. Por otro lado no está previsto realizar ningún tipo de construcción en la zona a explotar.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El estudio de impacto ambiental realiza una descripción del medio, valora los impactos tanto en la fase de explotación como de restauración y propone una serie de medidas protectoras y correctoras para evitar o mitigar las afecciones producidas en el medio ambiente.

La ubicación elegida viene justificada por ser terrenos de la Junta de Castilla y León dentro de la zona de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR