ORDEN FYM/1042/2016, de 29 de noviembre, por la que se modifica la Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede Autorización Ambiental a 'Kimberly Clark, S.L.', para la instalación de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario, en el término municipal de Doñinos de Salamanca (Salamanca), como consecuencia de la Modificación No Sustancial n.º 6 (MNS 6).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorUniversidad de Valladolid
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de la empresa Kimberly Clark, S.L., de modificación no sustancial en la instalación de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario ubicada en el término municipal de Doñinos de Salamanca, (Salamanca) relativa a la parada de varias líneas de producción, la actualización del listado de focos y el aumento de la capacidad de producción, y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero .- La instalación de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario ubicada en el término municipal de Doñinos de Salamanca, (Salamanca), titularidad de Kimberly Clark, S.L., con código PRTR 1032, se encuentra en funcionamiento afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a Kimberly Clark, S.L. para la instalación de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario, en el término municipal de Doñinos de Salamanca (Salamanca). («B.O.C. y L.» n.º 83, de 2 de mayo de 2008).

* Orden de 10 de noviembre de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización de inicio de actividad a Kimberly Clark, S.L. para la instalación ubicada en el término municipal de Doñinos de Salamanca, (Salamanca) y se procede a la modificación de la Orden de 25 de marzo de 2008 de la Consejería de Medio Ambiente de autorización ambiental. («B.O.C. y L.» n.º 233, de 4 de diciembre de 2009).

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. («B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014).

* Orden FYM/533/2015, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a Kimberly Clark, S.L., para la instalación de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario, en el término municipal de Doñinos de Salamanca (Salamanca), como modificación no sustancial n.º 2. («B.O.C. y L.» n.º 125, de 2 de julio de 2015).

* Orden FYM/631/2015, de 14 de julio, por la que se modifica la Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a Kimberly Clark, S.L., para la instalación de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario, en el término municipal de Doñinos de Salamanca (Salamanca), como consecuencia de la modificación no sustancial n.º 4 (MNS 4). («B.O.C. y L.» n.º 147, de 31 de julio de 2015).

Además la empresa ha comunicado tres modificaciones más de sus instalaciones (MNS 1, 3 y 5) que no han requerido modificar la autorización ambiental.

Segundo .- Con fecha 15 de diciembre de 2015 ha tenido entrada, en el registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, la notificación de modificación no sustancial (MNS 6) en las instalaciones de fabricación de productos de papel para uso doméstico y sanitario, ubicadas en el término municipal de Doñinos de Salamanca (Salamanca), titularidad de Kimberly Clark, S.L., consistente en la parada definitiva de varias líneas de producción, la actualización de los focos de emisión y el aumento de capacidad de producción.

Con fecha 26 de mayo y 30 de junio de 2016, tiene entrada la documentación justificativa de modificación no sustancial.

Tercero .- Consta en el expediente, informe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, en materia de emisiones a la atmósfera de fecha 20 de octubre de 2016.

Cuarto .- Con fecha 26 de octubre de 2016, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático emite informe relativo a la consideración como modificación no sustancial de los cambios notificados.

Quinto .- De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.6 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, con fecha 31 de octubre de 2016, se inicia el trámite de audiencia a interesados para la modificación no sustancial 6 y no se reciben alegaciones.

Sexto .- Con fecha 28 de noviembre de 2016, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, teniendo en cuenta el informe del Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático de 26 de octubre de 2016 y que no se han recibido...

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