ORDEN FYM/103/2015, de 2 de febrero, por la que se convoca el pago de la ayuda cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), para la campaña 2014/2015 en relación con el Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León (contrato n.º 3) regulado por las Órdenes de 15 de enero de 1998 y de 13 de septiembre de 1999.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

El Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013, elaborado por la Junta de Castilla y León, incluye como una de las medidas de desarrollo rural las ayudas a las explotaciones que desarrollen prácticas tendentes a la protección del medio ambiente en las estepas cerealistas de Castilla y León.

Las Órdenes de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de 15 de enero de 1998 («Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 11, de 19 de enero) y de 13 de septiembre de 1999 («Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 188, de 28 de septiembre), regulan las ayudas a las explotaciones que desarrollen prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente en las estepas cerealistas de Castilla y León, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013.

El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), estableció el marco de la ayuda comunitaria al desarrollo rural para el período 2007-2013.

El Reglamento (CE) 1974/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, en lo que atañe a los principios y normas generales de la ayuda al desarrollo rural, las disposiciones específicas y comunes que regulan las medidas de desarrollo rural, y los criterios de subvencionalidad y las disposiciones administrativas, exceptuando las disposiciones en materia de control. Por otra parte, el Reglamento (UE) 65/2011, de la Comisión, de 27 de enero, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.

El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, estableció el marco legal de estas ayudas para el período 2007-2013, y persigue como objetivos: Aumentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura mediante la ayuda a la reestructuración, el desarrollo y la innovación; mejorar el medio ambiente y el medio rural mediante ayudas a la gestión de tierras; mejorar la calidad de vida en las zonas rurales; y fomentar la diversificación de la actividad económica.

El Programa de Zona de aplicación del Reglamento CEE 2078/92, en las estepas cerealistas de Castilla y León y sus posteriores modificaciones, recoge el ámbito de aplicación del mismo, clasificándolo por zonas, provincias, subzonas, así como las actuaciones subvencionables según el tipo de contrato.

Considerando el informe favorable de la Autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León, en lo que respecta a las medidas financiadas por el FEADER a las que se refiere esta convocatoria, y en virtud de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en el Reglamento 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER); en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General del Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO:

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar el pago anual para la campaña 2014/2015 a las explotaciones que desarrollen prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente, de acuerdo con el Programa de Zona de aplicación del Reglamento CEE 2078/92, en las estepas cerealistas de Castilla y León y sus posteriores modificaciones, en su modalidad de contrato n.º 3.

Segundo.- Finalidad.

El pago de las ayudas objeto de esta orden tienen por finalidad la realización de prácticas agrícolas tendentes a la protección del medio ambiente en las estepas cerealistas de Castilla y León, mediante la retirada de tierras de la producción durante 20 años y conforme a lo establecido en las Órdenes de 15 de enero de 1998 («B.O.C. y L.» de 19 de enero de 1998) y de 13 de septiembre de 1999 («B.O.C. y L.» de 28 de septiembre de 1999).

Tercero.- Beneficiarios.

  1. Serán beneficiarios de esta ayuda los titulares de explotaciones acogidas durante las campañas anteriores a las ayudas establecidas para el contrato n.º 3 del Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León y que posean contrato en vigor en la campaña agrícola 2014/2015.

  2. Será obligatorio haber presentado la Solicitud Única de Ayudas a Superficies 2015 (PAC 2015) o de sus correspondientes modificaciones, si existieran, en la forma y plazo establecidos por la Consejería de Agricultura y Ganadería, en las que ha de quedar reflejada la adhesión al Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León (contrato n.º 3) de la forma siguiente:

    Deberán declararse en la Solicitud Única de Ayudas a Superficies Año 2015 y, en su caso, en las correspondientes modificaciones, las superficies de cada uno de los recintos de usos «tierra arable», «pastizal» o «pasto arbustivo» acogidos a la medida agroambiental a que se refiere esta orden, según la referencia SIGPAC. Igualmente, se reflejará en la columna de «Producto» el código «Retirada Estepas. Contrato n.º 3».

    Cuarto.- Dotación y aplicación presupuestaria .

  3. Las ayudas se pagarán con cargo a la aplicación presupuestaria y cuantía de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015 que se detallan a continuación.

    Anualidad

    Aplicación presupuestaria

    Importe

    2015

    04.08.456A01.77054.0

    275.000 €

  4. Las ayudas previstas en esta orden están cofinanciadas por fondos comunitarios FEADER, por los Presupuestos Generales del Estado y por los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León, los porcentajes de cofinanciación se detallarán en las resoluciones de concesión de la ayuda.

    Quinto.- Cuantía de la ayuda.

    De acuerdo con el Programa aprobado y las órdenes citadas, las primas actualizadas con los nuevos rendimientos de secano correspondientes al contrato n.º 3 para la campaña 2014/2015 son las siguientes:

    Contrato n.º 3. Prima: (71,48 x Pr) €/ha.

    Pr

    representa el rendimiento en Tm/ha del secano, fijado para la comarca en que radiquen las tierras en el Plan de Regionalización Productiva de España.

    Sexto.- Solicitud de pago.

  5. Solicitud . Los beneficiarios con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR