ORDEN FYM/1007/2014, de 3 de noviembre, de declaración de utilidad pública e inclusión en el Catálogo de Montes de U.P. de la provincia de Burgos del M.U.P. n.º 700 'Cantispada' de la Junta de Castilla y León, sitos en el término municipal de Lerma.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Economia y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
Examinado el expediente BU-IUP-560/14, incoado por la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II, del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, del cual son los siguientes sus
ANTECEDENTES DE HECHO
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Con fecha 14 de noviembre de 2011, la Sección Territorial Primera de Ordenación y Mejora del Medio Natural de Burgos elabora informe favorable para la catalogación de terrenos rústicos propiedad de la Comunidad de Castilla y León, en el término municipal de Lerma. Las características catastrales de las parcelas son las siguientes
Polígono
Parcela
Referencia catastral
Superficie (ha)
593
1925
09197A593019250000YY
17,9640
593
2127
09197A593021270000YB
1,8540
593
9003*
09197A593090030000YR
0,0895
TOTAL PARCELA A
19,9075
592
2002
09197A592020020000YF
6,0260
592
9005
09197A592090050000YU
0,1256
TOTAL PARCELA B
6,1516
591
2015
09197A591020150000YB
2,4060
TOTAL PARCELA C
2,4060
590
2052
09197A590020520000YM
2,4840
TOTAL PARCELA D
2,4840
En cuanto a la justificación de la declaración, la parcela A, de las 4 que componen el Monte, cumple con las siguientes características justificativas de la inclusión de terrenos en el Catálogo de Utilidad Pública, al cumplir lo establecido la Ley 43/2003, de Montes, en concreto los apartados a y b del artículo 24bis y apartado a del artículo 24. La presencia del pinar de pino piñonero en el paisaje agrícola que lo circunda es un elemento de diversidad paisajística, florística y refugio de fauna. El resto de las parcelas, actualmente deforestadas, justifican su inclusión en el Catálogo a través del artículo 13 de la Ley 43/2003, de Montes apartado b) son destinados a la restauración, repoblación o mejora forestal con los fines de protección de los montes protectores.
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Con fecha 24 de noviembre de 2011 (acuse de recibo de 28 de noviembre), y en cumplimiento del Art. 14.3 de la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León, se abre trámite de audiencia al Ayuntamiento de Lerma por plazo de 15 días para que informe lo que considere, haciendo la indicación de que en el caso de no formular alegaciones se considera que presta conformidad con lo actuado.
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Con fecha 14 de diciembre de 2011 se publica en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la apertura de un plazo de información pública de 15 días, para que cualquier interesado pueda formular las alegaciones que considere. Transcurridos los plazos de alegaciones a los que se refieren los dos párrafos anteriores no se ha recibido alegación alguna, por lo que debe continuarse con la tramitación de la catalogación de Utilidad Pública de los terrenos.
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Con fecha 10 de febrero de 2012 se eleva el expediente a la Dirección General del Medio Natural para su resolución.
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Con fecha 3 de noviembre de 2014, la Dirección General del Medio Natural formula la correspondiente Propuesta de Orden.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León...
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