ORDEN FAM/806/2019, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

El sistema instaurado por la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, contempla como modalidades de atención a las situaciones de necesidad, la prestación de servicios y el reconocimiento de prestaciones económicas. En ambos casos, la capacidad económica de la persona beneficiaria es un elemento clave para determinar la aportación que le corresponde realizar al coste del servicio que recibe o para determinar el importe de la prestación económica.

Inicialmente, el cálculo de la cuantía de las prestaciones se realizaba en función de la capacidad económica de la persona beneficiaria, referenciada al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiple (IPREM). La congelación posterior del IPREM producía una reducción de la cuantía de las prestaciones que esta Administración compensó introduciendo un coeficiente corrector en el sistema de cálculo, en virtud de lo previsto en la disposición final décima de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Entidades Locales vinculada a ingresos impositivos de la Comunidad de Castilla y León.

Esta corrección está recogida en la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, a través del indicador «W», que es el mayor entre el IPREM y el indicador de referencia específico de Castilla y León.

Para el ejercicio de referencia 2017 dicho indicador se fijó en 568,77 €, un 5,75% por encima del IPREM, y estaba prevista su actualización anual con el porcentaje de revalorización general de las pensiones de la Seguridad Social. Junto a ese indicador se estableció también un coeficiente «P» que se utiliza con el mismo fin e igual criterio de actualización.

Hasta ahora, este sistema ha permitido que las prestaciones no se reduzcan cuando la capacidad económica varía en la misma proporción que las pensiones. Sin embargo, la Ley...

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