ORDEN EYH/69/2017, de 8 de febrero, por la que se establecen las características de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León que se lleven a cabo en el ejercicio 2017.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

La Junta de Castilla y León, en la sesión del 26 de enero de 2017, ha establecido en 1.365.712.382 euros el importe máximo de las operaciones de endeudamiento a largo plazo que el titular de la Consejería de Economía y Hacienda puede formalizar durante este año.

En el artículo 195 de la Ley 2/2006, de 3 mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, se dispone que corresponde a la Consejería de Hacienda la determinación de las operaciones en que se formalizará el endeudamiento y sus características, así como la realización de cuantas operaciones sean necesarias para la adecuada formalización y gestión de las operaciones en las que éste se materialice.

En este sentido, en lo que respecta a la autorización del Estado a que hace referencia el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de Financiación de las Comunidades Autónomas para la emisión de deuda, y el artículo 20 de la Ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, los acuerdos del Consejo de Ministros del 23 de diciembre de 2016 y del 3 de febrero de 2017 han autorizado 83.580.000 y 239.350.000 euros, respectivamente, para formalizar operaciones de deuda a largo plazo, tanto en préstamos como en emisiones de deuda, previéndose nuevas autorizaciones del Estado, siempre dentro del límite máximo autorizado por la Junta de Castilla y León.

En virtud de todo ello, esta Consejería

ACUERDA

Artículo 1 Importe de la Emisión de Deuda Pública.

Se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública por los importes nominales que resulten aconsejables en función de la posición financiera de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados, por un importe máximo equivalente a mil trescientos sesenta y cinco millones setecientos doce mil trescientos ochenta y dos euros (1.365.712.382 euros), subordinadas a las preceptivas autorizaciones del Estado.

Artículo 2 Características de las emisiones.

Las emisiones de Deuda Pública tendrán las siguientes características:

2.1. Modalidad: Bonos u obligaciones.

2.2. Moneda: Euro, dólar USA, dólar canadiense, libra esterlina, franco suizo y yen.

2.3...

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