ORDEN EYH/252/2016, de 28 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i en Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE) es un ente público de derecho privado, adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda, y conforme a su Reglamento aprobado en virtud del Decreto 67/2011, de 15 de diciembre, tiene como finalidad promover la competitividad del sistema productivo en Castilla y León, así como favorecer y dar apoyo financiero a la estrategia empresarial de innovación siendo un instrumento dinamizador y de apoyo a las empresas de la Región.

La ADE desde el momento de su creación ha venido desarrollando actuaciones de apoyo a las empresas con el objetivo de crear, potenciar y regenerar el tejido industrial de Castilla y León incidiendo positivamente en las variables socioeconómicas de su entorno geográfico.

La estrategia de la nueva programación con Fondos de la Unión Europea para el período 2014-2020 en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, exige un mayor impacto de las actuaciones que se programen y una mayor eficacia de las mismas. Para ello, se hace necesario concentrar los recursos en una serie de prioridades temáticas, identificadas en la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León, lo que condiciona directamente el apoyo selectivo de actuaciones vinculadas a la I+D+i en estas prioridades temáticas.

Con esta finalidad, la ADE ha diseñado en su plan estratégico los programas fundamentales de apoyo y entre ellos están el programa de potenciación de la investigación, el desarrollo tecnológico y la Innovación, con el objetivo de mantener el apoyo a las empresas en la realización de actividades de I+D+i, en el contexto de la nueva Estrategia Regional de Especialización Inteligente (RIS3). El objetivo será mejorar la competitividad de las empresas, a través de la creación de productos, procesos, o servicios nuevos, o sustancialmente mejorados y realizados principalmente en un centro de trabajo ubicado en Castilla y León.

La Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León 2014-2020, aprobada por Acuerdo de 16 de abril de 2014, de la Junta de Castilla y León, constituye el documento de planificación de las políticas de ciencia y tecnología de esta Comunidad para los próximos años, tal como prevé la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de fomento y coordinación general de la investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) en Castilla y León.

Con esta estrategia se pone en marcha un nuevo enfoque en las políticas de apoyo público, de manera que se concentren los esfuerzos en aquellos campos de conocimiento

y en aquellas actividades que en Castila y León son más eficientes y disponen de suficiente masa crítica para ser competitivas en los mercados globales. Es además obligado por la Comisión Europea que los recursos públicos provenientes del Programa Operativo FEDER 2014-2020 del eje 1 dedicado a potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, se dediquen de manera exclusiva a los ámbitos definidos en la RIS3.

Por otro lado, esta orden será el marco regulatorio para todas las subvenciones a la I+D+i empresarial en el período 2014-2020, por lo que en la misma se establecen las bases para toda la tipología posible de apoyo a la I+D+i, que de modo resumido podrá ser:

  1. Proyectos de I+D+i individuales de empresas.

  2. Proyectos estratégicos de I+D+i, considerando como tales a los que así se definan en la convocatoria específica (por ejemplo proyectos que se desarrollen en el marco de convocatorias internacionales de I+D+i, proyectos de gran impacto en la región, etc.).

  3. Proyectos de I+D+i en colaboración entre empresas.

  4. Proyectos de I+D+i en colaboración entre empresas y organismos de investigación.

Asimismo, en el marco de las categorías anteriores, y respetando la estrategia de complementariedad de los apoyos de la ADE con los existentes a nivel nacional y europeo, y considerando la existencia de otras iniciativas de apoyo a la I+D+i empresarial en los ámbitos nacional y europeo, las convocatorias específicas de subvenciones podrán establecer límites de presupuesto máximo de los proyectos financiables, con el objetivo de favorecer iniciativas interesantes que de otro modo no tendrían respaldo, y evitar al mismo tiempo duplicidad en los apoyos así como facilitar que PYME con poca o ninguna experiencia en el desarrollo de proyectos de I+D+i accedan a los apoyos públicos para este tipo de proyectos.

Por otro lado, debido a que los potenciales beneficiarios del apoyo a la I+D+i regulados en esta orden son emprendedores y PYMES dotadas de la capacidad económica y técnica necesaria para garantizar su acceso y disponibilidad a los medios tecnológicos precisos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.3 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Decreto 7/2013, de 14 de febrero, de utilización de medios electrónicos en la administración de la Comunidad de Castilla y León, la tramitación electrónica de los citados apoyos será obligatoria en todas las fases del procedimiento.

El artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León establece que cuando las subvenciones hayan de ser otorgadas por entes integrantes de la Administración Institucional, las bases reguladoras se aprobaran mediante orden del titular de la consejería correspondiente.

Por otro lado, y dado que aún no se han aprobado las áreas funciones estratégicas definidas en el artículo 9 de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, ni el Programa de dinamización para las zonas con desafíos demográficos, se contemplan, entre los criterios de valoración

previstos en las presentes bases reguladoras, las poblaciones con menor dinamismo demográfico.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre,

DISPONGO

Artículo único Objeto.

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirán las convocatorias de subvenciones para proyectos de I+D+i en Castilla y León, que se incorporan como Anexo I a la presente orden.

Disposición Transitoria Procedimientos iniciados.

Los procedimientos iniciados con anterioridad de la entrada en vigor de esta orden se regirán por las disposiciones y normas a las que se acogieron en el momento de su iniciación.

Disposición Derogatoria Régimen derogatorio.

Queda derogada la Orden EYE/391/2010, de 23 de marzo de 2010, modificada por la Orden EYE/968/2011, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las Subvenciones que establezca y convoque en concurrencia no competitiva la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León, dentro de los Programas de Creación de empresas, Inversiones, I+D+i y Competitividad, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en lo que se refiere a las actuaciones de Proyectos de I+D, Estudios de viabilidad y Empresas jóvenes e innovadoras.

Disposición final Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 28 de marzo de 2016.

La Consejera de Economía y Hacienda, Fdo.: M.ª del P ilar del O lMO M OrO

ANEXO I

BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES

PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE I+D+i EN CASTILLA Y LEÓN

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Base primera.- Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Las subvenciones reguladas en estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para financiar proyectos de I+D+i realizados en centros de trabajo de Castilla y León.

  2. Estas bases no serán de aplicación en los ámbitos excluidos en el artículo 1 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    Base segunda.- Régimen jurídico.

  3. Las subvenciones objeto de las presentes bases se regirán por:

    1. Legislación básica del Estado en materia de subvenciones. (Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

    2. Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

    3. Reglamento (UE) N.º 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) N.º 1080/2006.

    4. Reglamento (UE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, y por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) N.º 1083/2006 del Consejo.

    5. Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).

    6. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de...

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