ORDEN EYE/116/2015, de 16 de febrero, por la que se modifica la Orden EYE/412/2014, de 22 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y el régimen de subvenciones para mejorar la competitividad empresarial a través del apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Orden EYE/412/2014, de 22 de mayo estableció las bases reguladoras de las subvenciones para mejorar la competitividad empresarial a través del apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla y León.

La experiencia adquirida en el pasado año, hace preciso clarificar algunos aspectos de las Bases de la Orden EYE/412/2014.

Con respecto a la valoración, se modifican dichos criterios de valoración y se introduce un nuevo punto que valora y pondera la ejecución de los proyectos.

Por lo anterior, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden EYE/412/2014, de 22 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras y el régimen de subvenciones para mejorar la competitividad empresarial a través del apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AAEEII) de la Comunidad de Castilla y León.
  1. - La Base QUINTA -CONCEPTOS SUBVENCIONABLES- letra a) del punto 1, queda redactada en los siguientes términos:

    1. Gastos de personal técnico, perteneciente a las AAEEII participantes en el proyecto, directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos, siendo las tarifas máximas aplicables por categorías laborales:

    Categoría

    Salario (incluido gastos de Seguridad Social a cargo de la empresa) (€)

    €/h (1.800 h/año)

    Director Técnico/ Proyecto

    83.227,34

    46,24

    Técnico Sénior

    68.749.85

    38,19

    Técnico Junior

    54.277,36

    30,15

    Técnico Medio

    47.033,61

    26,13

    Auxiliares de laboratorio

    28.263,68

    15,70

    Los gastos efectuados por autónomos económicamente dependientes de la AEI se considerarán realizados por personal empleado de la AEI.

  2. - La Base QUINTA -CONCEPTOS SUBVENCIONABLES- letra b) del punto 1, queda redactada en los siguientes términos:

    1. Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y de aquellos otros servicios que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y resulten necesarios para la...

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