ORDEN EYE/1108/2014, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden EYE/1047/2013, de 17 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas dirigidas al establecimiento de la organización preventiva de personas emprendedoras en Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Por Orden EYE/1047/2013, de 17 de diciembre, publicada en «B.O.C. y L.» de 24 de diciembre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas dirigidas al establecimiento de la organización preventiva de personas emprendedoras en Castilla y León.

La experiencia adquirida en la tramitación de las solicitudes de subvenciones hace preciso clarificar algunos aspectos de las Bases de la Orden EYE/1047/2013, como que los beneficiarios de estas subvenciones son las personas físicas o jurídicas privadas con ánimo de lucro, o modificar, las cuantías con las que se subvencionan a los beneficiarios que se adhieran a un servicio de prevención mancomunado, o considerar como centro de trabajo en el caso de autónomos, las instalaciones donde realiza su actividad.

Por lo anterior, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 26.1.f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único Modificación del Anexo de la Orden EYE/1047/2013, de 17 de diciembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas dirigidas al establecimiento de la organización preventiva de las personas emprendedoras en Castilla y León.

- Toda referencia al Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre («D.O.C.E.» L. 379, de 28 de diciembre de 2006), se entenderá hecha al Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de fecha 18 de diciembre («D.O.C.E.» L. 352, de 24 de diciembre de 2013), o el que lo sustituya.

- La Base 2.ª queda redactada,

1.- Podrán tener la condición de beneficiario aquellas personas físicas o jurídicas privadas y con ánimo de lucro que cuenten con los siguientes requisitos:

a) Que tenga la condición de persona emprendedora de acuerdo con la definición que se recoge en el artículo 2 de la Ley 5/2013, de 19 de junio, de estímulo a la creación de empresas en Castilla y León: Personas

que se encuentran realizando o vayan a realizar los trámites necesarios para poder realizar una actividad económica a través de...

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