ORDEN EMP/82/2017, de 10 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral para personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad de Castilla y León.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Febrero de 2017
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyOrden

La Junta de Castilla y León, desde su inicio, ha mantenido su compromiso de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores de la Comunidad. La protección de la seguridad y la salud de los trabajadores es un objetivo de primer orden, al cual se vienen dedicando esfuerzos desde hace años, desarrollando en este ámbito gran número de acciones y adoptando las medidas más eficientes a través de la firma de acuerdos sucesivos entre la Administración Autonómica y los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad.

En la medida 45 del V Acuerdo de prevención de riesgos laborales integrado en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el empleo 2016/2020, suscrito el 27 de enero de 2016 entre los representantes de los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad y la Junta de Castilla y León, se prevé la convocatoria de becas para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral.

Por lo expuesto, se establecen las presentes bases reguladoras sobre la concesión de becas dirigidas a personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral.

La presente subvención se encuentra prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Empleo para el período 2016-2018, aprobado por Orden de la Consejería de Empleo de 30 de octubre de 2015.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo Único

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas dirigidas a personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral, que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

Disposición Transitoria

Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su iniciación.

Disposición Derogatoria

Queda derogada la Orden EMP/196/2016, de 7 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral para personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad de Castilla y León.

Disposición Final

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 10 de febrero de 2017.

El Consejero de Empleo,

Fdo.: C arlos F ernández C arriedo

ANEXO

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DIRIGIDAS

A LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS MONOGRÁFICOS SOBRE SEGURIDAD

Y SALUD LABORAL PARA PERSONAS LICENCIADAS Y/O DIPLOMADAS UNIVERSITARIAS Y/O GRADUADAS CON EL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES O ASIMILADO, ASÍ COMO PARA LICENCIADOS Y/O DIPLOMADOS EN MEDICINA DEL TRABAJO

O EN ENFERMERÍA DEL TRABAJO Y PARA LOS TÉCNICOS SUPERIORES EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Base 1.ª- Objeto.

El objeto de las becas reguladas en las presentes bases es financiar la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral por parte de personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Base 2.ª- Beneficiarios.

  1. - Podrán ser beneficiarios los relacionados en la base anterior, que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.

    2. No padecer enfermedad, ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo normal de la actividad.

    3. Estar empadronado en algún municipio integrado en la Comunidad de Castilla y León.

    4. Haber finalizado los estudios requeridos en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

    5. Cumplir al menos uno, de los siguientes ítem:

  2. Disponer de la titulación universitaria de licenciado o diplomado o graduado y el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado.

  3. Disponer de la titulación universitaria de licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo.

  4. Disponer de la titulación de técnico superior en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional.

    1. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Los requisitos establecidos en las letras a) y c) deben cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar convalidados o reconocidos y tener plenos efectos académicos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  5. - No serán admitidas aquellas solicitudes de los que hayan disfrutado con anterioridad de una beca convocada por la Junta de Castilla y León en los cuatro años anteriores cuyo objeto fueran temas referidos a la seguridad y salud laboral.

  6. - La concesión y disfrute de la beca no implicará relación contractual o estatutaria alguna entre el beneficiario y la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

    Base 3.ª- Gastos Subvencionables.

  7. - Podrán financiarse los gastos ocasionados directamente por la realización de proyectos o estudios de trabajo en materia de seguridad y salud laboral que en cada convocatoria se determine...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR