ORDEN EMP/513/2017, de 20 de junio, por la que se modifica la Orden EMP/816/2015, de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a promover la afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, de los habitantes de municipios mineros de León y Palencia muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo
Rango de LeyOrden

Por la Orden EMP/816/2015, de 29 de septiembre, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», n.º 191, de 1 de octubre de 2015, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a promover la afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los habitantes de municipios mineros de León y Palencia muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece una nueva regulación en el procedimiento administrativo que incide, entre otros aspectos, en la administración electrónica y, por lo tanto, en las relaciones de los ciudadanos con la Administración. Por esta razón se hace necesaria la modificación de las mencionadas bases reguladoras.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y del artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo único Modificación de las bases reguladoras.

Se modifica la Orden EMP/816/2015, de 29 de septiembre, por las que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a promover la afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de los habitantes de municipios mineros de León y Palencia muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón.

Primero.- La Base 6.ª queda redactada:

Base 6.ª- Procedimiento de concesión.

  1. - El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en estas bases será el de concesión directa, según lo establecido en el artículo 22.2. b) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones; Art. 30 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León y en el artículo 33.1 g) de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre de Medidas Financieras. La convocatoria será aprobada por la titular de la consejería competente en materia de trabajadores autónomos y el extracto se

    publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León», por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación.

    El texto completo de la orden será publicado asimismo en el Portal institucional de la Junta de Castilla y León, así como en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

  2. - La selección de los beneficiarios se realizará por el orden de la presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo. Se entenderá que un expediente está completo cuando contenga toda la documentación e informaciones previstas en las normas que regulen la convocatoria.

    Segundo.- La Base 7.ª pasa a tener la siguiente redacción:

    Base 7.ª- Solicitudes.

  3. - Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encontrará disponible en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

  4. - Las solicitudes debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación...

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