ORDEN EMP/403/2019, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa formativo de personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales o asimilado, licenciados y/o diplomados en Medicina del Trabajo o en Enfermería del Trabajo y Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Profesionales de Grado Superior de Formación Profesional de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Junta de Castilla y León, desde su inicio, ha mantenido su compromiso de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores de la Comunidad. La protección de la seguridad y la salud de los trabajadores es un objetivo de primer orden, al cual se vienen dedicando esfuerzos desde hace años, desarrollando en este ámbito gran número de acciones y adoptando las medidas más eficientes a través de la firma de acuerdos sucesivos entre la Administración Autonómica y los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad.

En la medida 45 del V Acuerdo de prevención de riesgos laborales integrado en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el empleo 2016/2020, suscrito el 27 de enero de 2016 entre los representantes de los agentes económicos y sociales más representativos en la Comunidad y la Junta de Castilla y León, se prevé la convocatoria del programa formativo sobre seguridad y salud laboral.

Por lo expuesto, se establecen las presentes bases reguladoras sobre la concesión de subvenciones para el programa formativo dirigido a personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con el fin de favorecer su formación en tareas de investigación especializadas directamente vinculadas con la prevención de riesgos laborales, al tiempo que les ofrece la posibilidad de ampliar sus conocimientos.

La presente línea se encuentra prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Empleo para el período 2019-2020, aprobado por Orden de la Consejería de Empleo de 17 de diciembre de 2018.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

DISPONGO

Artículo Único

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el programa formativo dirigido a personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, con el fin de proporcionar una formación complementaria en prevención de riesgos laborales, que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los procedimientos iniciados por convocatorias publicadas antes de la entrada en vigor de esta orden continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su iniciación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada Orden EMP/82/2017, de 10 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral para personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad de Castilla y León.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 16 de abril de 2019.

El Consejero de Empleo,

Fdo.: C arlos F ernández C arriedo

ANEXO

BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA FORMATIVO DE PERSONAS LICENCIADAS

Y/O DIPLOMADAS UNIVERSITARIAS Y/O GRADUADAS CON EL TÍTULO

DE TÉCNICO SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

O ASIMILADO, LICENCIADOS Y/O DIPLOMADOS EN MEDICINA DEL TRABAJO O EN ENFERMERÍA DEL TRABAJO Y TÉCNICOS SUPERIORES EN PREVENCIÓN

DE RIESGOS PROFESIONALES DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

Base 1.ª- Objeto.

El objeto de las subvenciones reguladas en las presentes bases es financiar una formación complementaria a través de un programa formativo para personas licenciadas y/o diplomadas universitarias y/o graduadas con el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado, así como para licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo y para los técnicos superiores en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, que permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con la mejora de la seguridad y salud en el trabajo, y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.

Base 2.ª- Beneficiarios.

  1. - Podrán ser beneficiarios los relacionados en la base anterior, que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.

    2. No padecer enfermedad, ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo normal de la actividad.

    3. Estar empadronado en algún municipio integrado en la Comunidad de Castilla y León.

    4. Haber finalizado los estudios requeridos en los ocho años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

    5. Cumplir al menos uno, de los siguientes ítem:

  2. Disponer de la titulación universitaria de licenciado o diplomado o graduado y el título de técnico superior en prevención de riesgos laborales o asimilado.

  3. Disponer de la titulación universitaria de licenciados y/o diplomados en medicina del trabajo o en enfermería del trabajo.

  4. Disponer de la titulación de técnico superior en prevención de riesgos profesionales de grado superior de formación profesional.

    1. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Los requisitos establecidos en las letras a) y c) deben cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar convalidados o reconocidos y tener plenos efectos académicos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  5. - No serán admitidas aquellas solicitudes de los que hayan disfrutado con anterioridad de una subvención para un programa formativo convocado por la Junta de Castilla y León en los cuatro años anteriores cuyo objeto fueran temas referidos a la seguridad y salud laboral.

  6. - La concesión y disfrute de la subvención, dado su carácter formativo, no implicará relación contractual o estatutaria alguna entre el beneficiario y la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ni implica por parte de ésta ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación a su plantilla.

  7. - La participación prestada por el beneficiario estará directamente vinculada con el programa formativo elaborado...

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