ORDEN CYT/1934/2008, de 28 de octubre, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN CYT/1934/2008, de 28 de octubre, por la que se efectúa convocatoria pública para cubrir vacantes mediante nombramiento de personal interino.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 43.3 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuesto Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008, y teniendo esta Consejería puestos vacantes adscritos a funcionarios cuya cobertura resulta necesaria y urgente, y vista la autorización conjunta de las Consejerías de Administración Autonómica y de Hacienda, procede efectuar la presente convocatoria para cubrir las plazas que se indican en el Anexo I conforme a las siguientes bases:

BASES:

Primera. Convocar públicamente la cobertura de las plazas para personal interino con las características y requisitos que se señalan en el Anexo I de esta Orden.

Segunda. Los candidatos para cubrir dichas plazas, que en todo caso deberán reunir los requisitos que se señalan en el Anexo I a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberán dirigir las mismas, según modelo Anexo II de esta Orden, a la Excma. Sra. Consejera de Cultura y Turismo, en el término de 5 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Las instancias se presentarán en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León o en los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No deberán aportarse junto a las instancias, los documentos acreditativos de los méritos alegados. Éstos serán objeto de comprobación, por la Comisión de Selección conforme se establece en la base quinta.

Tercera. Los candidatos deberán reunir, además de los requisitos citados, los siguientes:

  1. Ser español, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de aplicación sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR